20 N, Día Internacional
de los Derechos de la Infancia
Este próximo miércoles, el “20 N” –
¡Será casualidad!- se conmemorará el “Día Internacional de los Derechos del
Niño”, también de la niña, además del aniversario de la muerte del anarquista
Buenaventura Durruti, de José Antonio Primo de Rivera, del General Franco, y de
muchos más personas “anónimas”…
Inmersos
como estamos en múltiples vorágines (Vorágine: Remolino impetuoso, aglomeración
o encadenamiento de personas, sucesos o cosas que se amontonan confusamente…) A
pesar de la “vorágine de la excarcelación masiva de etarras debido a la
suspensión de la denominada doctrina Parot”, a pesar de la “vorágine de las acometidas del separatismo
catalán”, a pesar de la “vorágine de la maldita crisis”, a pesar de los
pesares, seremos muchos -padres, madres
separados no custodios, abuelos, abuelas, familias extensas de padres y madres
divorciados…- quienes sigamos procurando que no pase desapercibido que ser
padre y madre representan una enorme responsabilidad; y seremos muchos los que
no olvidaremos que nuestros hijos al venir a este mundo han adquirido una serie
de derechos respecto de nosotros, sus progenitores.
Puesto que
sería enormemente
extenso exponer de forma minuciosa el contenido de cada uno de estos
“derechos”, dado el poco espacio disponible, y para no cansar a mis “lectores”, voy a
centrarme en lo que se refiere a poseer unos padres suficientemente adultos que
sean capaces de conducirlos hasta la edad adulta: No podemos olvidar que cuando
un niño nace es un ser frágil, vulnerable; lo será durante toda su infancia,
también durante la adolescencia, es decir aproximadamente una veintena de años.
Entonces, cuando haya conseguido la madurez suficiente, cuando esté en
condiciones de ser autónomo y adulto, podrá abandonar “el nido familiar”.
Mientras tanto, los hijos tienen
derecho a esperar de sus padres todo lo que necesiten para ocupar su lugar en
la Sociedad. Necesitan que se les eduque para que “sean ellos mismos”, sean
capaces de tomar las riendas de su vida (tomar decisiones y hacerse responsable
de los resultados de sus actos) y comprometerse en la Sociedad.
También necesitan ser educados para
“saber vivir en grupo”, en sociedad, y sentirse a gusto en ella. Y como no,
“conocer saberes” que les permitan sentirse integrados socialmente.
Como consecuencia lógica, la Sociedad
y los Gobiernos, tienen una serie de obligaciones con los padres. La primera
obligación debería ser ayudar a las personas a ser “padres competentes”, aptos
para proporcionarle a la Sociedad mujeres y hombres verdaderamente adultos,
afectivamente maduros y sólidos.
Nuestra Sociedad está realizando
enormes progresos en multitud de ámbitos como la biología, la genética, los
medios de comunicación, la informática, la investigación científica… Pero a la
vez nuestra Sociedad cada día que pasa, está más afectada por la droga, el
alcoholismo, los embarazos precoces, el aborto, el suicidio, la violencia, las
diversas formas de delincuencia, la marginación social, etc.
Si hurgamos un poco, hasta llegar al
origen de todos esos males, acabaremos topándonos con dos cuestiones
esenciales: la familia y la educación.
Y ¿qué se hace al respecto por parte
de los poderes públicos?
Cada día es más necesario facilitarles
a los padres, procurarles, y sobre todo
a los más jóvenes, una formación de base que les permita acompañar a sus hijos
hasta la adultez. Cada día se hace más necesario prestar ayuda pública a quienes
desean fundar un hogar y tener hijos, para que lo hagan en las mejores
condiciones posibles.
Porque, no se olvide que, a ser padres se
aprende, no es suficiente con lo que hemos recibido de nuestros progenitores.
Los poderes públicos tienen la
responsabilidad de ir preparando el porvenir con la anticipación suficiente, no
pueden seguir desentendiéndose como hasta ahora, desinteresándose de la familia
que es la célula básica de la Sociedad. Es de extrema urgencia proporcionarles
una adecuada formación a los padres para que sean educadores competentes.
Y, ¿qué decir de las rupturas
matrimoniales y del divorcio?
Los niños y niñas tienen derecho a un
“hogar completo” en la manera de lo posible, un lugar de amor y de estabilidad.
Y si carecen de él acabarán viéndose seriamente afectados en el desarrollo de
su personalidad.
Actualmente se vive una gran inquietud ante el
aumento de las rupturas de pareja (en los últimos años, según las estadísticas
oficiales, ha habido alrededor de 150.000 separaciones anuales) pero pese a
ello los poderes públicos, por desgracia pocas medidas están tomando para poner
freno al verdadero desastre que todo ello supone para los hijos.
La
Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño (a la cual está adherida el
Reino de España) obliga a los Estados partes a que velen por que los hijos no
sean separados de sus padres contra la voluntad de éstos… También obliga a los
Estados firmantes -como es el caso de España- a respetar el derecho de los niños
que estén separados de uno o de ambos progenitores a mantener relaciones
personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello
es contrario al interés superior de los menores –el tantas veces cacareado
“favor filii”-.
En
la misma dirección, la Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los
Estados parte a poner el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del
principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a
la crianza y el desarrollo del niño. Incumbe a los padres o, en su caso, a los
representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el
desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del
niño.
A los efectos de garantizar y promover
los derechos enunciados en la Convención que venimos mencionando, los Estados
partes están obligados a prestar la asistencia apropiada a los padres y a los
representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a
la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y
servicios para el cuidado de los niños.
Actualmente,
la práctica habitual de los Juzgados españoles, de conceder custodias
exclusivas, monoparentales (generalmente a las madres) está ocasionando serios
perjuicios a los niños, se les está separando contra toda lógica de sus padres,
se les está condenando de forma estúpida y cruel a situaciones de orfandad que
a nadie beneficia.
Según parece, al entender de los
jueces y fiscales, hay que ser especialmente precavido a la hora de permitir un
régimen de Guarda y Custodia Compartidas, no sea que se perjudique a los
menores. Este prejuicio implica, claro está, que la Custodia Compartida (según
los que propagan esta falacia) teóricamente puede perjudicar a los hijos, y por
supuesto hay que consentirla de manera excepcional… y además, los que la piden
(se supone que quienes la piden son solamente varones) es seguro que tienen
objetivos “extraños” que por supuesto nada tienen que ver con el “interés
superior del menor”.
Permítaseme preguntar: ¿Hasta cuándo
va a seguir practicando en los Juzgados de Familia la discriminación por razón
de sexo? ¿Hasta cuándo va a seguir la perversa inercia de “lo mejor es que se
quede con la madre”?
¿Por qué no se toman las mismas precauciones
cuando se trata de una custodia exclusiva –y excluyente- monoparental, y
materna, como sucede en la mayoría de los casos?
El
primer y más elemental-fundamental derecho de un niño, no lo olvidemos (aparte
del derecho a la vida) es el de tener un padre y una madre. Y la custodia monoparental exclusiva
condena a los hijos a una orfandad cruel y estúpida, además de innecesaria.
Tal vez sea necesario, por enésima
vez, explicar qué es la Custodia Compartida:
No es otra cosa que el que después de
la ruptura de pareja, los progenitores sigan siendo socios en aquello de educar
y criar a sus hijos, a pesar de no vivir juntos. ¿Esto es peligroso para los
hijos? (El Tribunal Supremo ha dictaminado no hace muchas fechas que la
Custodia Compartida es “lo más natural… y que habría que generalizar su
aplicación para favorecer el interés superior de los menores”)
La custodia monoparental exclusiva
fomenta que los niños, que se ven privados de la figura paterna o materna, por
el desequilibrio que en ellos suscita sean más proclives al fracaso escolar, al
coqueteo con el mundo de la droga, a la delincuencia juvenil, a abandonar el
hogar, al suicidio… Se está conculcando de este modo el derecho del menor al
cuidado y a la educación de ambos progenitores (y por supuesto se está impidiendo
un reparto equilibrado de derechos y deberes de cada uno de ellos, madre y
padre).
Como decía, dentro de unos se
celebrará el “Día Internacional de los Derechos del Niño”, y los mismos voceros
y aduladores, que niegan el maltrato cruel al que algunos padres y madres
someten a sus hijos cuando se divorcian –con la inestimable colaboración de
jueces, fiscales, abogados, psicólogos…- se acordarán de la situación de
abandono, desamparo, y diversas formas de maltrato que sufren los menores de
otros lugares del mundo, porque según ellos “aquí no pasa nada, vivimos en el
mejor de los mundos posibles, en el país de la igualdad…”.
Se olvidarán –también un año más- de
que el principal derecho de los niños, además del derecho a la vida, es el
derecho a tener padre y madre; se olvidarán de que la única opción tras el
divorcio –para que los menores sigan conservando a papá y mamá- es la Custodia
Compartida , se olvidarán una vez más, de que la Alienación Parental -que
existe pese que a algunas “asociaciones de mujeres” y el CGPJ lo nieguen- se
puede evitar con la Custodia Compartida , mediante la cual los menores pueden
convivir y tener contacto frecuente con ambos progenitores, evitando o haciendo
más difícil que los hijos puedan ser manipulados.
No puedo acabar sin recordar que un
estudio del Departament of Health and Human Services, Administration for
Children and Familie, National Center on child Abuse and Neglect, realizado en
los EEUU el año 1996, concluyó que la ausencia o la falta de contacto frecuente
con el padre pueden ocasionar en los niños graves trastornos tales como:
- 5 veces más propensión al suicidio.
- 32 veces más propensión a irse de
casa.
- 20 veces más propensión a tener
desórdenes de conducta.
-14 veces más propensión a cometer
actos de precocidad y abuso sexual.
- 9 veces más propensión a abandonar
los estudios.
- 10 veces más propensos a abusar de
sustancias químicas y drogas.
- 20 veces más propensos a acabar en
prisión.
Es especialmente urgente poner la
legislación española al día, es imprescindible reformar el derecho de familia,
como se está haciendo ya en los países de nuestro entorno cultural (Francia,
Suecia, Canadá, EEUU…) Para que los hijos de padres divorciados sigan viviendo
en concordia, tolerancia y puedan seguir creciendo con alegría a pesar de que
sus progenitores vivan separados. El único modelo es la custodia compartida, un
modelo “solidario” entre ex esposos, que aún deben seguir siendo “socios
parentales”. Y de paso, también, los niños aprenderán a compartir, a resolver
los problemas mediante el mutuo acuerdo, de manera no violenta, a respetarse
entre sexos diferentes, a ser solidarios. Merece la pena.
Está en juego, nada menos, que el
porvenir de nuestra Sociedad… Esperemos que cuando se aborde en fechas próximas
la reforma de la Ley de Divorcio, en la Comisión de Justicia del Congreso de
los Diputados, nuestros “padres de la Patria” no lo olviden…
Carlos Aurelio Caldito Aunión.
Badajoz, Taifa del Suroeste, junto a
“la raya”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario