ANALISIS CRITICO A LA POSTURA DE PODEMOS SOBRE CUSTODIA COMPARTIDA
PROPUESTA PARA LA REFLEXION Y EL DEBATE
LO IMPORTANTE: EL BIENESTAR DEL/LA MENOR Y AVANZAR EN IGUALDAD
- CONFEDERACION ESTATAL DE ASOCIACIONES DE MADRES Y
PADRES DIVORCIADOS
CONPAPAYMAMA
- UNION ESTATAL DE ASOCIACIONES Y FEDERACIONES POR
CUSTODIA COMPARTIDA
UEFACC
- ABUELOS SEPARADOS DE SUS NIETOS
NUESTRA PROPUESTA
Que el Gobierno
presente en el primer semestre de 2017 un proyecto de ley de corresponsabilidad
parental reconociendo la custodia compartida como norma general ,a petición de
parte, siempre que no sea perjudicial para el menor
MOTIVACION
1º-La
Convención de los Derechos del Niño, proclamada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989 y ratificada por España el 30 de
Noviembre de 1990 obliga a los Estados a respetar del derecho del/la menor a
mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de
modo regular e igualitario en situaciones de divorcio, salvo cuando
excepcionalmente fuera contrario al interés del la menor
2º-El
artículo 5 de dicha convención reafirma específicamente la obligación de los
Estados a respetar las responsabilidades y los derechos de los padres y madres
divorciados ,así como de los familiares para,cuidar, orientar y educar a sus
hijos en igualdad de condiciones
3º-El
artículo 18 establece que es responsabilidad de madres y padres la crianza de
de sus hijos y obligación del Estado garantizar el ejercicio de esta
responsabilidad
4º-La resolución de 2 de
Octubre de 2015 de la comisión de igualdad de la UE que insta a todos los
estados a que introduzcan en sus legislaciones la corresponsabilidad y
residencias compartidas en igualdad de condiciones, salvo en casos
excepcionales de violencia intrafamiliar, negligencia o abuso infantil
5º-El
Tribunal Supremo desde el 2013 viene creando jurisprudencia estableciendo que
la custodia compartida debe ser la norma general siempre que no sea perjudicial
para el menor, así como reiterando que la oposición de una de las partes o las
malas relaciones entre los progenitores no son motivo suficiente para no
conceder la custodia compartida
6º-Tanto
Cataluña, como Valencia, Aragón ,Navarra y Euskadi han regulado legislaciones
de carácter autonómico estableciendo la custodia compartida como norma siempre
que no sea perjudicial para el menor.En Galicia hemos presentado una ILP
similar que se está tramitando
7ºEn estas
comunidades no solo ha subido de forma sustancial las concesiones de custodia
compartida sino que han disminuido la contenciosidad en los divorcios y el
número de denuncias de violencia de género e intrafamiliar presentadas
8-El
Gobierno del PP, en la legislatura 2011-2015,a pesar de su compromiso electoral
y el realizado por el Ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón en el
Congreso de los Diputados en Junio de 2013,y su mayoría absoluta para poder
aprobarlo no ha puesto en vigor en España una ley de custodia compartida que
evite la desigualdad y discriminación actual de los españoles en función de su
lugar de residencia
9º-La
corresponsabilidad parental supone avanzar en igualdad, que la mujer y el
hombre tengan las mismas posibilidades de acceder y promocionar la mundo
laboral, así como ocuparse en igualdad de condiciones de todo lo que el menor
conlleva(tareas domésticas, educación, salud etc..)
Es una
medida fundamental para romper con los viejos esquemas machistas y educar a
nuestros hijos en igualdad desde su más temprana edad
NUESTRA
POSICION ANTE LA PROPUESTA DE LOS PARTIDOS POLITICOS
UNIDOS-PODEMOS
La coalición
electoral UNIDOS-PODEMOS,formada por EQUO,IU,COMPROMIS,EN COMUN PODEM,EN MAREA
Y PODEMOS tienen posiciones diferenciadas en torno a la custodia compartida a
nivel estatal.
IU
está en contra de la custodia compartida como norma preferente, admitiendola
solamente cuando haya acuerdo de las partes.
EQUO
recoge en su programa electoral su apuesta por la custodia compartida y la
corresponsabilidad parental
COMPROMIS
defiende la custodia compartida como norma siempre que no sea perjudicial para
el menor en los términos recogidos en la Declaración de los Derechos del Niño
de la ONU,la resolución de la comisión de igualdad de la UE de Octubre de 2015
y la jurisprudencia del T.Supremo.
De
acuerdo a este criterio Monica Oltra,portavoz de Compromis,defendería la
aprobación de la ley valenciana de custodia compartida en 2011 y en 2016,como
vicepresidenta del Gobierno valenciano se opondría a derogarla, tal como
proponía el presidente del Gobierno Valenciano.
EN
MAREA apoya la ILP gallega de Custodia compartida como norma general siempre
que no sea perjudicial para el menor
PODEMOS,
Y EN COMUN PODEM no tienen una propuesta programatica sobre custodia
compartida.No obstante,tanto en la Asamblea de la CA de Madrid como la de la CA
de Andalucía votaron en contra de dos PNL presentadas por CS en 2016,instando
al G.Central a que presentara en el Congreso de los Diputados un proyecto de
ley de custodia compartida como norma general salvo cuando fuera perjudicial
para el menor.
Aº-En la Asamblea de Madrid la posición
de PODEMOS contraria a la custodia
compartida como modelo preferente fué defendida por Lorena
López Huerta.
Sus argumentos fueron:
1.
Es una propuesta que confunde guardia y custodia
compartida con patria potestad compartida.
2.
Es una propuesta que defiende la custodia compartida
impuesta similar a la ley francesa que ha tenido que ser retirada por los
desajustes que producía en los menores
3.
Criticó al T.Supremo porque a su entender," se
estaba extralimitando en sus competencia,legislando en materia de custodia
compartida"
4.
Entendía que la propuesta de custodia compartida como
norma escondía el objetivo de no querer pagar pensiones alimenticia.
5.
Finalmente paso a definir la posición de PODEMOS en el
Parlamento de la C.A de Madrid,que era la defensa de la custodia compartida
cuando hay acuerdo entre las partes.
Bº-En el Parlamento Andaluz la posición de PODEMOS fué defendida por Esperanza Gómez y sus voto contrario a la custodia compartida como norma siempre que no sea perjudicial para el menor como determina la jursprudencia del supremos se basó:
1-La custodia compartida solo puede darse en casos de mutuo acuerdo
2-La custodia compartida no puede ser impuesta
NUESTRA CRITICA
1º PROPONEMOS A UNIDOS- PODEMOS COHERENCIA POLITICA Y UNA OPINION CONSENSUADA A NIVEL ESTATAL
EQUO,COMPROMIS,tienen
un criterio favorable a la custodia
compartida como norma siempre
que no sea perjucial para el menor y al fomento de la igualdad y la corresponsabilidad parental,a nivel estatal no hay ninguna decisión
tomada por PODEMOS y en las CA de
Andalucía y en Madrid se ha votado en contra con unos argumentos totalmente contrapuestos a avanzar en igualdad y defender
los derechos de los menores.Es urgente que PODEMOS tome un criterio
coherente y consensuado que sea
referente a nivel estatal.
PODEMOS defiende la consulta y la participación
política de los ciudadanos/as como un
eje fundamental de su ideario político.La custodia compartida es un
referente en todo el Estado por
impulsar las asociaciones representativas del sector la participación ciudadana
en el desarrollo legislativo,mediante
la presentación de ILPs.
Así en el Parlamento Vasco ,Kidetza,organización de esta
plataforma, presentaría una ILP de
custodia compartida apoyada por más de
85000 firmas y sería aprobada en
Junio de 2015.En el Parlamento Gallego,la
asociación gallega de madres y padres separados,organización tambien de esta
plataforma,presentó otra ILP de custodia
compartida en Noviembre del 2016 y está en tramitación,y finalmente a nivel
estatal tambien se estana recogiendo firmas pra promover una ley estatal de
custodia compartida.
Es una demanda social contrastada.Si a ello
le sumamos las diferentes encuestas realizadas
tanto a nivel estatal como autonómico podemos concluir que la Custodia
compartida como norma es la opción preferente de la sociedad española.
En efecto en
2014,la encuesta del Gobierno Vasco
reflejaría que el 82% de la
población vasca estaba a favor de la
custodia compartida como norma y solo el 8% a favor de la monoparental.
El Instituto
DYM realizaría otra encuesta a nivel estatal en 2015 que pondría de manifiesto que el 80% de la población española está a favor de la custodia compartida como
opción preferente.
De acuerdo a
este criterio de defender la opinión
mayoritaria de los ciudadanos/as
PODEMOS
debiera tener en cuenta estos datos si realmente defiende la participación ciudadana
en la toma de decisiónes y la opinión de la sociedad antes de tomar un criterio
sobre cualquier tema que afecte la misma.
La postura
actual de PODEMOS en Andalucía y Madrid sobre la custodia compartida no hace
sino ratificar el alejamiento de la política de la realidad social,uno de los
aspectos a desterrar de la vieja política.
Aún más
hemos de destacar que de todos los
grupos parlamentarios del Congreso de los
Diputados con los que hemos contactado,el único que no nos ha contestado a
la petición de reunión,pese a haberlo
hecho en 5 ocasiones via email y tfno,ha sido
UNIDOS-PODEMOS.
2º-PROPONEMOS
A UNIDOS- PODEMOS QUE NO MEZCLE CUSTODIA COMPARTIDA CON VIOLENCIA DE GENERO.TODOS ESTAMOS CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO E INTRAFAMILIAR
En ninguna
legislación autonómica o en la ley del divorcio se recoge que se conceda la
custodia compartida en casos de condena de maltrato o de denuncias fundadas de
violencia de género
3º-SUGERIMOS
A UNIDOS- PODEMOS QUE SE SUME AL RESPETO DEL INTERES Y LOS DERECHOS DEL
MENOR
Las nuevas
leyes de custodia compartida y las sentencias del Tribunal Supremo lo que hacen
es facultar al juez a subordinar los intereses de los progenitores al interés
del mas indefenso que es el menor.
La guardia y
custodia compartida siempre se concede, a petición de parte ,y siempre que no
sea perjudicial para el menor.En ningún
caso se impone la custodia compartida
sino que el juez,con el VºBº del Ministerio Fiscal que no es preceptivo,analizados toda una serie
de criterios objetivos e informes técnicos de los equipos sicosociales,concede
la custodia compartida si no es perjudicial para el menor,siguiendo las
directrices contempladas en la Declaración de los Derechos del Niño de la
ONU,de la UE para la defensa de los derechos de los menores y la jurisprudencia
del supremo.
El defender
solamente el mutuo acuerdo para la custodia compartida es perpetuar el posible
veto de una de las partes a su concesión,subordinando frecuentemente los
intereses de los menores a los de sus progenitores. Frente a ese veto es
obligación del juez preservar el interés del menor por encima del de sus
progenitores e imponerles a ambos este criterio: el intéres supremo a preservar es el del menor y para valorar el mismo dispone de un número importante de
criterios e instrumentos.
La
adjudicación de la custodia compartida nunca
es automática,sino que el/la juez,a la vista de la solicitud de las partes
y analizados todos los criterios de valoración que la ley le facilita o que
pueda solicitar,valora si la custodia compartida es beneficiosa para el/la
menor y en caso de serlo,y siempre que lo haya pedido una de las partes,la
concede
5
4º-PROPONEMOS A UNIDOS-PODEMOS QUE RESPETE LA
SEPARACION DE PODERES Y LA JURISPRUDENCIA
DEL TRIBUNAL SUPREMO Y SE SUME A UNA DEMANDA SOCIAL Y JUDICIAL MAYORITARIAS QUE CONTEMPLA LA C.COMPARTIDA COMO LA FIGURA MAS RECOMENDABLE
El
Tribunal Supremo ha venido reiterando desde el 2013 que la guarda y custodia
debe ser la norma siempre que no sea perjudicial para el menor
El
veto de una de las partes o las malas relaciones no son motivo suficiente para
no conceder la custodia compartida
La
regulación de la custodia compartida como norma,cuando no sea perjudicial para
el menor, es una realidad que no solo han realizado todas las CCAA con
competencias,sino que asociaciones profesionales como asociación española de
abogados de familia o Asemip la han incluido dentro de sus programas
Entendemos
que es fundamental respetar la separación de poderes.Afirmar que el T.Supremo
está invadiendo competencias del poder legislativo cuando dicta sentencias
creando jurisprudencia sobre temas de familia es una opinión que pone de
manifiesto la contrariedad de quien las hace porque no está de acuerdo con su
contenido pero que pone en tela de juicio la separación de poderes que es un
elemento fundamental de nuestro estado de derecho.El T.Supremo lo que ha hecho
en el area de familia,como en otras muchas areas,es responder a recursos
presentados,dentro del más estricto respeto a la legalidad vigente
La
ley modificación de la ley del divorcio en 2005 ha quedado obsoleta desde hace
años,frente a la pasividad del G.Central que no ha hecho absolutamente nada
para adecuar esta norma a la nueva realidad social.Esto certifica la lejania de
la clase política por resolver los problemas sociales.Han tenido que ser todas
las CCAA con derechos forales las que han regulado leyes autonómicas de
custodia compartida para defender los derechos de los menores .
5º-PROPONEMOS
A UNIDOS-PODEMOS QUE DEFIENDA LA IGUALDAD DE TODOS LOS CIUDADANOS
ANTE LA LEY
En
estos momentos la ley discrimina a los ciudadanos españoles en función de su
lugar de residencia, por ello pedimos a UNIDOS-PODEMOS que apoye una ley
estatal de corresponsabilidad parental que recoja la guarda y custodia
compartida como norma siempre que no sea perjudicial para el menor, tal como
establece la jurisprudencia del Supremo.
6º-RECORDAMOS
A UNIDOS LA RESOLUCION DE LA COMISION DE IGUALDAD DE LA UE Y QUE EN FRANCIA NO
HA SIDO DEROGADA LA LEY DE RESPONSABILIDAD PARENTAL
La
resolución de 15 de Octubre de 2015 de la comisión de igualdad de la UE que
insta a todos los estados a que introduzcan en sus legislaciones la
corresponsabilidad y residencias compartidas en igualdad de condiciones, salvo
en casos excepcionales de violencia intrafamiliar, negligencia o abuso infantil
En
Francia sigue vigente la ley de responsabilidad parental pues ni se ha derogado
ni se ha planteado su modificación.Aún más la responsable de francesa en la
Comisión de Igualdad de la UE votó a favor de la custodia compartida alterna
como norma en la resolución anteriormente mencionada
7º-PROPONEMOS AL UNIDOS-PODEMOS ABANDONE SU PAPEL
TUTELAR HACIA LA MUJER Y TOME MEDIDAS QUE LA PERMITAN AVANZAR EN IGUALDAD
La
corresponsabilidad parental ,como reconocen en la exposición de motivos todas
las legislaciones de custodia compartida europeas ,es una medida clave para
avanzar en igualdad
La
corresponsabilidad parental posibilita un mejor acceso, estabilidad y promoción
laboral a la mujer
La corresponsabilidad parental
posibilita una dedicación
igualitaria de ambos
progenitores
al cuidado y educación de sus hijos
La
corresponsabilidad parental fomenta la igualdad al transmitir a nuestros hijos
,desde sus edades más tempranas, valores de reparto de tareas igualitarios
entre ambos sexos.
8-EL UNICO
INTERES DE LA CUSTODIA COMPARTIDA ES LA DEFENSA DEL DERECHO DEL MENOR A RELACIONARSE
CON AMBOS PROGENITORES EN IGUALDAD DE CONDICIONES Y AMBOS SE
CORRESPONSABILICEN DEL CUIDADO,EDUCACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ESTE EN LAS MISMOS
TERMINOS.
Afirmar que
la custodia compartida es una figura legal para no pagar la pensión alimenticia
o quitar el domicilio conyugal al cónyuge custodio es ignorar la propia
filosofía de la custodia compartida que se basa en los criterios de defensa del
interes del menor,la corresponsabilidad y la igualdad.En efecto tal como hemos
defendido en las diferentes CCAA y viene recogido en sus legislaciones:
1.
En situaciones de custodia compartida cada uno de los
progenitores se hace cargo de la manutención de los hijos/as en los periodos en
que está con cada uno de ellos.
2.
Los gastos extraordinarios y otros gastos diferentes
son pagados en función de los ingresos de cada cual,abriendo normalmente una
cuenta común a los efectos
3.
En el tema de atribución del uso de la vivienda, el
criterio fundamental es el del interés del menor,valorandose así mismo el
criterio de necesidad de la parte más debil económicamente
En Madrid a 2 de Enero del
2016
PORTAVOCES
Pilar
Marco Justo Sáenz
696435364 606731752
pilarmarco71@hotmail.com jsaenz3@gmail.com