domingo, 25 de marzo de 2012

UNA JUEZ DICTA UN FALLO PIONERO SOBRE JUSTICIA COMPARTIDA

Da la razón al padre y declara que está «tan capacitado para la crianza y cuidado» de la menor como su ex pareja

25.03.12 - 01:31 -


Comunidades autónoma como Aragón, Cataluña, Valencia o Navarra tienen leyes propias que establecen que ante un caso de divorcio que acabe en los tribunales por la falta de acuerdo de los progenitores, la custodia compartida de los hijos es la opción preferente. En el País Vasco, la federación de padres y madres separados Kidetza ha reunido casi 40.000 firmas para instar al Parlamento vasco a que siga ese ejemplo. Todos los partidos, salvo el PSE, parecen dispuestos a elaborar un proyecto de ley. Muy pronto, por mediación de UPyD, los parlamentarios escucharán a Koldo Meabe, un padre de Ortuella que ha estado 41 días en huelga de hambre para reclamar la igualdad en el cuidado de su hijo de 4 años. También el fiscal superior de justicia del País Vasco, Juan Galparsoro, defiende que «la mejor manera de proteger a los menores es la custodia compartida».
Es en este contexto en el que una juez de Vitoria ha emitido un fallo a favor de la responsabilidad igualitaria, pionero en la provincia y que puede abrir una vía para quienes se encuentren en esta situación, según explica el abogado Ángel Sáez de Asteasu. Cuando las partes llegan a un acuerdo sobre el reparto paritario de los cuidados a los hijos, el juez lo incluye en sus sentencias. Pero eso solo ocurre en el 8% de los 650 divorcios que se registran en Álava cada año. La mayoría de las veces es la madre la que asume la custodia y es el padre el que debe abandonar el domicilio conyugal y conformarse con ver a los menores los fines de semana alternos y en vacaciones.
Demasiados requisitos
Y es que cuando una madre reclama ante el juez, éste por lo general le da la razón. Aunque el Código Civil recoge desde 1995 la figura de la custodia compartida, explica Sáez de Asteasu, se tienen que dar una serie de requisitos que en la práctica la dificultan. Así, debe haber un informe favorable del fiscal y del equipo técnico psicosocial y el magistrado también tiene que abogar por ese criterio. «Y, además, existe una especie de norma no escrita que es que la mala relación entre las partes torpedea la custodia compartida, lo que deja la palabra última un poco en manos de la madre», asegura el letrado vitoriano.
Pues bien, en este caso se han cumplido los requisitos, pero la juez ha ido más allá, porque a pesar de que la madre ha alegado mala relación con su expareja, ha entendido que ésta está motivada por la crisis matrimonial y que ambas partes podrán adaptarse a la nueva situación. «La experiencia demuestra que la asignación de custodias unilaterales en estas circunstancias tampoco sirve para mejorar las deterioradas relaciones interpersonales y, lo que es más importante, las paterno/materno filiales», dice la titular del juzgado de Primera Instancia número 8.
Prima el interés de la niña
La juez advierte a los progenitores que en el proceso debe «primar» el interés de la hija pequeña que tienen en común y analiza cómo han asumido sus responsabilidades cada miembro de la pareja hasta su separación. Entre otras cuestiones, el padre era el encargado de llevar a la niña al colegio por las mañanas y garantizó tener flexibilidad laboral. Así, la juez ve «absolutamente legítimo para el padre -que hasta ahora por el acuerdo de las partes ha venido más volcado cuantitativamente hablando en sus quehaceres profesionales, pero del que no ha quedado acreditada tacha alguna en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones para con su hija- pretender un total integración en las relaciones con su hija en condiciones iguales a las que ostente la madre». «Ambos están capacitados para la crianza y cuidado de la menor en condiciones de igualdad y ello favorecerá su desarrollo», concluye.
La buena situación económica de los dos progenitores ayuda a que la juez determine que se hagan cargo de la niña una semana cada uno y luego establece cómo se deben organizar en los periodos vacacionales. Y, además, consciente de que puede haber dificultades en el proceso de adaptación, conmina a los ex cónyuges a hacer un esfuerzo y les invita a acudir al servicio de mediación interjudicial en caso de conflicto. El fallo es apelable.

No hay comentarios:

Publicar un comentario