En este tema sólo hay una parte a la que escuchar: LOS HIJOS. La custodia compartida no puede continuar planteándose como un problema entre el padre y la madre, porque entonces todas las soluciones serán erróneas. La custodia compartida en un derecho inalienable de los hijos: el derecho a ser educados, criados y mantenidos en condiciones de igualdad por ambos progenitores, y sus respectivas familias. Ese debe ser el punto de partida para buscar el interés y bienestar del menor. Hay que liberar el derecho de los hijos a ser custodiado por ambos progenitores en condiciones de igualdad de cualquier implicación económica, ya sea una pensión de alimentos, ya sea una vivienda, una plaza de garaje, un coche, ayudas sociales o cualquier otra ventaja. Con la custodia compartida los hijos ven que su papá y su mamá viven separados, pero que comparten por igual su crianza y educación. Sienten que ambos están con ellos. Cada uno lo hace con sus conocimientos, su experiencia y su familia, y al igual que en un matrimonio, con el tiempo, los hijos aprenderán a aceptar que su papá y su mamá son diferentes pero que se preocupan por ellos. Con la custodia compartida se sientan las bases de una sociedad igualitaria entre hombres y mujeres, donde los hombres y mujeres educan y crían a sus hijos en igualdad de condiciones. El primer beneficiario son los hijos que tienen derecho a disfrutar por igual de su padre y de su madre, luego ambos progenitores, sus respectivas familias y la sociedad en general. Con la custodia compartida ambos progenitores se implican mucho más como cuidadores y proveedores de la unidad familiar, se rompen los moldes machistas. No basta con que la mujer sea igual al hombre, es necesario e imprescindible que el hombre sea también igual a la mujer, y este cambio ya viene con fuerza, porque son muchos los hombres que creen en la igualdad de género, ahora falta que las mujeres acepten las implicaciones de estos nuevos hombres y que las justicia con su talante machista y arcaico apoye la evolución social. Incluso en los casos conflictivos, al igual que en los matrimonios conflictivos, se debe apostar por compartir la educación y crianza de los hijos, pero eso sí, bajo supervisión de servicios especializados que permitan, motiven y estimulen al padre ser padre y a la madre ser madre. En muchos casos son necesarios servicios especializados de mediación que medien, tutoricen y realicen un seguimiento de ambos progenitores en beneficio de los hijos. También hay que educar y enseñar a quien no pueda o no sepa ser padre o madre. No basta con decir que no cumple los requisitos y por eso no tiene derecho a la custodia de sus hijos. “No todo vale por el bien del Menor”, por encima del menor muchas veces está la salud de la familia, incluso cuando esta se ha roto, porque con ello a la larga se asegura el bienestar de los hijos. Por encima del bien del menor están la defensa de sus derechos. Con la ruptura, aparece una nueva situación familiar y no siempre es posible mantener los mismos trabajos, la misma casa, el mismo nivel económico y las mismas relaciones. Estamos en una sociedad en continuo cambio, donde los cambios se precipitan a una velocidad vertiginosa. Los niños tienen que acostumbrase y adaptarse, también a esos cambios impuestos, más por la evolución cultural y económica de la sociedad que por el divorcio. El bienestar de los hijos está con sus padres y madres, no es un requisito indispensable para ello mantener la misma casa sin que el hijo salga de ella, tampoco es un requisito mantener el mismo colegio, ni los mismos amigos, ni tampoco mantener el mismo nivel económico. Los hijos se adaptan a la vida de su padre y de su madre separados, al igual que se adaptan los hijos de cualquier familia a las situaciones cambiantes del mundo. Muy pocas personas tienen trabajo fijo en este mundo, incluso en un mismo año se pueden desempeñar varios trabajos, las personas trabajan donde pueden obtener su sustento. ¿Vivienda fija? ¿Quién tiene una vivienda en propiedad? Sólo unos pocos privilegiados. Incluso los matrimonios felices están en continuo cambio y adaptación de vivienda, de relaciones y de trabajos. “La custodia compartida” no es rizar el rizo, es simplemente el derecho de los hijos a ser educados, criados y mantenidos en condiciones de igualdad por ambos progenitores, y un deber de estos y una necesidad de la sociedad porque con ello se sientan las bases de una sociedad igualitaria. No exijamos a los padres y madres separados lo que no se exige a las familias unidas. Lo que está condenado al fracaso es la imposición de la custodia monoparental a favor de la mujer o del hombre, de ahí la ley de Custodia Compartida en Aragón, Cataluña y la Comunidad Valenciana. Ley Valenciana: Una ley que empieza a ser valorada como un gran logro jurídico, al hacerlo todo con un preámbulo y 7 artículos. Una ley simple, clara y efectiva que responde a un conflicto social en la sombra. Cayetano Sánchez Reyes.
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