martes, 13 de mayo de 2014

LOS 10 PUNTOS NEGROS DE LDERECHO DE FAMILIA

Luis Zarraluqui

Es miembro de una larga saga de letrados pioneros en el Derecho de Familia. Abogado en ejercicio desde 1987, en 1992 asumió la dirección de Zarraluqui Abogados de Familia, bufete que creó su abuelo y potenció su padre, Luis Zarraluqui Sánchez-Eznarriaga. Es profesor en un master de su especialidad y ha sido presidente de la Comisión de Derecho de Familia de la Unión Internacional de Abogados.

1º.- Nos divide en españoles de primera y españoles de segunda.  Los primeros con derecho a justicia de familia especializada y experimentada y lo segundos, no.
Mucho cuidado a la hora de casarse, o irse a vivir con tu pareja, dependiendo de donde vivas si tienes problemas familiares puede que esto sean resueltos por juzgados especializados o por generalistas. Esto es tanto como que el hecho de que tu domicilio condicione que en caso de tener un desprendimiento de retina te vaya a tratar el especialista o el médico de medicina general. Esta circunstancia viene agravada porque existen poblaciones que tienen calles que pertenecen a dos municipios.

2º.- La custodia compartida: Una buena idea mal desarrollada.
En estos momentos y dentro de una misma comunidad se dan situaciones tan incomprensibles como que un juzgado acordando un reparto del 50% exacto del tiempo que van a disfrutar los padres de sus hijos denomine a esa situación custodia monoparental y otro acordando que el tiempo se divida de manera 65% para uno y 35% para otro, la llame una custodia compartida. La falta de previsibilidad de las resoluciones judiciales es una constante.

3º.- La vivienda familiar: Ese oscuro objeto de deseo.
El que tiene la custodia de los menores tiene atribuido el uso del domicilio familiar (sea de quien sea, incluso siendo propiedad privativa del otro, y tenga las cargas que tenga) hasta que los menores sean económicamente independientes, y gratis; es decir, que alguien puede estar disfrutando de la vivienda del otro, que puede tener una importante hipoteca, durante 20 años y sin pagarle absolutamente nada. ¿Y luego queremos que exista un uso pacífico del domicilio?

4º.- Incumplimientos en los pagos de las pensiones. Lo que la justicia civil te da, la ley penal te lo quita.
¿Es posible que teniendo una sentencia firme, contra la que no cabe recurso, acordando unos determinados pagos en concepto de pensión de alimentos o pensión compensatoria, a la hora de querer ejecutar esa sentencia, otro juzgado distinto (penal) cuestione si el obligado al pago puede pagar?. Es posible
Y entonces:
1.- ¿Para qué me sirve la sentencia firme?
2.- ¿Tengo que hacer algo más, alguna nueva comprobación, antes de ejecutar una sentencia firme?
3.- ¿Una sentencia firme no es garantía de cumplimiento?

Y no estamos hablando del supuesto en el que la parte "incumplidora" haya iniciado una modificación con arreglo al procedimiento establecido por la ley.

5º.- El interés de los menores: Su mala regulación, sus consecuencias y manipulación.
El interés, o el beneficio, de los menores es hoy en día lo que el nombre de Dios en las Cruzadas. Sirve para todo y en su nombre, invocándolo, puede hacerse prácticamente todo. Tanto desde el punto de vista formal (saltándose y adaptándose procedimientos a conveniencia) como del sustantivo. Con ese arma, todo sirve.

6º.- La pensión compensatoria. O la necesidad de encontrar un mecanismo corrector que no produzca más daños de los que evita.
En una población española muy longeva (esperanza de vida media de 85 años para las mujeres y  81 para los hombres) no podemos seguir con ésta fórmula compensatoria. Las tres opciones: vitalicia, temporal y no concesión, o extinguirla una vez concedida, son inaceptables hoy en día y crean más problemas de los que resuelven.

7º.-La existencia de regímenes económico-matrimoniales supletorios. Incomprensible en el Siglo XXI y el mundo de la información.
Realmente este es uno de los temas que más cuesta entender que el legislador se resista a modificar. Los regímenes económicos en los que uno se puede casar, en principio, no son ni buenos ni malos. Lo que ocurre es que, en función de nuestros deseos y circunstancias, se puede optar por cualquiera de ellos, pero no es obligado hacerlo de modo específico. Si no se elige, a cada pareja le puede corresponder uno subsidiario, en virtud de factores tan complejos como la vecindad civil (ojo, no la administrativa) de difícil determinación e imposible prueba. ¿Es tan complicado convertir lo optativo en obligatorio? ¿Es tan difícil exigir que al casarse los novios elijan su régimen económico? Se evitan las dudas, se les obliga a informarse sobre las posibilidades y sus características antes de la elección y, además, pueden probarlo.

 8º.- La mediación, ¿la gran solución? Una intencionada confusión.
Se confunde la mediación como medio de intentar obtener una solución, que puede tener o no éxito, con la propia solución, como si el resultado positivo fuera el corolario seguro del proceso. Con independencia de que en otros terrenos la mediación pueda ser una solución, desde luego para resolver los problemas del derecho de familia no lo es; y no lo es entendiendo por mediación lo que hoy se conoce como tal.
Los principales problemas que plantea son:
1.- En cualquier momento una de las partes puede "levantarse" sin que quede constancia del porqué o si se ha llegado a algún acuerdo. No ha existido.
2.- Para tener alguna posibilidad de éxito, las partes tienen que desvelar todos los hechos. Tienen que decir la verdad de todo. Si no lo hacen, se produce un engaño, pero si lo dicen, proporcionan al otro una información, que aunque no la puedan desvelar, ya la conocen y pueden obtener pruebas de ella, retirándose de la mediación, lo cual es especialmente peligroso en los temas económicos.
Frente a esta alternativa, existen otras como el arbitraje.

9º.- Lentitud extrema. Hasta cinco meses tardan algunos juzgados en celebrar comparecencia de medidas provisionales, cuando la ley dice que tiene que celebrarse en 10 días, y dos años puede tardar en realizar un informe los equipos psicosociales del juzgado.
Todo esto puede que no sea muy llamativo porque hay otras jurisdicciones, como la contencioso-administrativa, que son todavía más lentas, pero la problemática en familia es especial. Tengamos en cuenta que hasta que hay una resolución (Auto de Medidas Provisionales), todo vale; es decir estamos en la "la ley de la selva". Cualquier actuación que realice cualquiera de los progenitores en relación con los menores es válida y tiene una apariencia de legalidad precisamente por haberla hecho el progenitor. Esto se puede hacer extensivo a la casa, el dinero (dar o no dar), etc. Y desde luego, eso no facilita los acuerdos.

10º.- Falta de voluntad real de modificar la ley. En la administración de justicia en general y en la jurisdicción de familia hay que cambiar muchas cosas.
Las excusas que se dan (falta de dinero, requiere tiempo, etc.) no son aceptables ya que (i) existe dinero para mejorar los programas y los sistemas de las delegaciones de hacienda y (ii) cuando se ha querido, por lo motivos que sea, se han aprobado rápidamente toda clase de disposiciones como por ejemplo, el matrimonio homosexual.


viernes, 24 de enero de 2014

EL INTERES DEL/LA MENOR Y LAS PRACTICAS JUDICIALES

DENUNCIA DE MARTIN BILBAO GALDEANO

Soy Martin Bilbao un padre divorciado en julio del 2010.Conocí en Motrikoa a mi ex mujer(de nacionalidad alemana).En Enero de 2007 nacio en Euskadi  nuestro hijo Jon, estaba escolarizado en la ikastola y su ambiente familiar, sus amigos y todo su entorno giraba en el Pais Vasco,
Mi regimen de visitas era bastante amplio ,aunque la custodia la tenia su madre,porque así la ley la adjudicaba como norma.
 Cuando Jon tenia 6 años su madre,a veces, iba con el niño a Alemania,incumpliendo los regímenes de visita y la escolarización del menor.Luego solicitó en el juzgado de Eibar,irse  a Alemania y llevarse a Jon y el juez se lo denegó con el criterio de que el menor había nacido y tenía su entorno social  y familiar mayoritario en Euskadi,y para el bienestar del niño era fundamental mantener esta situación.
Recurrió y la audiencia provincial la autorizó con el apoyo del fiscal y basandose en un informe psicológico del equipo sicosocial que dice que lo mejor es que el niño esté con la madre.Es decir contradiciendo la sentencia anterior que si tenía en cuenta el bienestar del menor y subordinando el interes del menor al de la madre.
A mi se me ha adjudicado  un regimen de visitas de un fin de semana cada dos meses,una semana en navidad ,toda la semana santa y un mes en vacaciones,sin tener en cuenta que al menor se lo han llevado a Alemania y ello va a suponer de facto que mi hijo Jon va a perder a su familia paterna,la relación con su padre,el entorno de amigos y social que tenía y el sistema educativo euskaldun en el que estaba inserto,amen de serios problemas de escolarización en un sistema educativo totalmente diferente y con una lengua que no es la materna.
Yo denuncie la sentencia al fiscal jefe del Pais Vasco,que lo archivo, alegando que el irse a Alemania con la madre es lo mejor para el bienestar del menor ,sin tener encuenta ,ni el arraigo ni su entorno donde ha vivido y se ha criado,ni que yo tengo todo el tiempo del mundo para cuidarlo y educarlo.
De todas estas actuaciones judiciales se deduce:
a)      Que el equipo sicosocial de Gipuzkoa realiza a veces informes psicológicos sin ninguna profesionalidad,ni tener en cuenta el interés del menor,sino con el único objetivo de perpetuar una sociedad machista,en la que la madre es la cuidadora del niño y el padre el que aporta el dinero en forma de pensión.
b)      Que la fiscalía no dedica ni un minuto a analizar los casos,sino se limita a ratificar lo que dice el informe del psicosocial,incumpliendo su misión de velar por el interés del menor.
c)      Que el Fiscal Jefe del País Vasco,que públicamente predica las bondades de la custodia compartida y la defensa del interés del menor,cuando tiene que contradecir a un Fiscal,no lo hace.Se inhibe
d)      Que en algo tan objetivo como definir y defender el interés del menor hay opiniones contrarias dentro de los jueces.Unos,como el juez de Eibar,lo defienden con argumentos razonables y que son de cajón,y otros como la audiencia provincial,escudandose en un informe psicosocial ideológico,se lava las manos y condena a un niño a perder su país,su lengua,su entorno social y educativo,y a su padre.
Esta es la justicia de hoy,que bajo el argumento de defender el interés del menor esta manteniendo una sociedad machista,discriminatoria y que conculca los derechos e intereses de nuestros hijos.

martes, 26 de noviembre de 2013

ESE TENORIO MACHISTA




En blogs interneteros y sitios así, algunas militantes de la rama ultrarradical feminazi -no mezclar ni agitar con las feministas respetables, cultas, razonables, de infantería- echan espumarajos de indignación porque, en este noviembre que ya fenece, ha vuelto a representarse el tradicional Don Juan Tenorio en algunos teatros españoles. Argumentan las individuas que la famosa obra teatral de Zorrilla está protagonizada por un chulo machista y violento, un misógino desalmado que medra con la mentira, el engaño y la seducción de mujeres desvalidas; y cuya alma, para más Inri, acaba salvándose in artículo mortis gracias al amor puro y los buenos oficios de la dulce e inocente doña Inés. O sea, que ni siquiera el desenlace proporciona a la espectadora concienciada el consuelo final de ver al infame seductor ardiendo en los infiernos.
Recomiendan las antedichas radicalfeminatas, con esa deslumbrante facilidad para la simpleza sin complejos que a algunas de ellas adorna, que el Tenorio -«Pesadilla recurrente», lo llaman- no se vuelva a representar en jamás de los jamases. «El personaje es machista hasta el ridículo», afirma por escrito una de ellas, añadiendo -con cierta dislexia sintáctica, dicho sea de paso-: «Es el prototipo de aquello que buena parte de la ciudadanía queremos erradicar: la actitud chulesca, el desprecio a las mujeres, la exaltación de algo a lo que llaman amor hasta la muerte... Forma parte de una tradición que habría que desterrar de una vez por todas».
Uno, modestamente, conoce un poco el Tenorio. Desde niño. Entre otras cosas, porque mi abuela materna -a la que ninguna feminista de hoy podría dar clases de lucidez, cultura e independencia personal e intelectual- me lo recitaba a menudo, pues lo sabía de memoria, como casi toda la gente educada de su generación. Después, que yo recuerde, lo he visto innumerables veces, tanto en el añorado Estudio 1 de la tele como a lo vivo en teatros, representado por Armando Calvo, Fernando Guillén, Sancho Gracia, Juan Diego y otros -todos, en realidad- grandes actores de cada momento, con mujeres extraordinarias como Gemma Cuervo, Emma Cohen o Concha Velasco dándoles la replica en el papel de doña Inés. Quiero decir con esto que llevo cincuenta años de mi vida oyendo decir «Cuán gritan esos malditos», y algo me suena su materia: la ironía, la vanidad, la vileza, el orgullo, la culpa, el castigo, la redención, el honor ridículo y trasnochado. También, claro, los estereotipados personajes, la imperfección del verso, los ripios infames, lo antipático del protagonista y sus amigos. Esa clase de cosas. Y sobre todo, la certeza absoluta de que en esa obra teatral a menudo torpe, tópica de sí misma, late también algo genial que la hizo famosa y que todavía hoy le permite, ante cualquier clase de público, subyugar y divertir como pocas. La inmensa intuición dramática de Zorrilla, el instinto narrativo que circula bajo la piel de cada torpe y facilón verso del Tenorio, lo convirtieron en la obra de teatro más conocida y representada en la historia del teatro español. Un clásico indiscutible, incluso a pesar suyo. Historia inmortal de la escena dramática.
No hay nada más estúpido que mirar el pasado sólo con los exclusivos ojos del presente. Don Juan Tenorio, que recogió eficazmente una tradición literaria clásica, poniéndola al día con un deslumbrante barniz de romanticismo populista para el gran público del siglo XIX, debe ser vista como lo que es, o fue, y disfrutada en su contexto. Ya no existen donjuanes a lo Zorrilla, por fortuna hasta para ellos mismos, porque son, efectivamente, ridículos. Y eso es lo que hace aún más interesante comprobar, en el teatro o fuera de él, cómo esos personajes eran vistos en el pasado. Ésa es, creo, la única forma de encarar con criterio lúcido los cambios necesarios del presente: desde un punto de vista culto, conocedor del asunto, y no desde clichés fáciles y lugares comunes que apenas disimulan la ignorancia y la indigencia intelectual de quienes tras ellos se escudan. Pretender que se proscriba el Tenorio por machista es como pedir que, por el mismo motivo, se proscriban el tango, la copla, el corrido o el bolero. Por las mismas imbéciles razones habría que desterrar de la vida, la educación y la cultura, entre otras muchas cosas, gran parte del teatro y la poesía españoles del Siglo de Oro, los dramas románticos o el teatro y las novelas de Jardiel Poncela. Por ejemplo. Y tampoco el Quijote se libraría del expurgo. Ni, por supuesto, la poesía extraordinaria, crisol fascinante de la lengua española, de aquel despiadado y genial misógino que fue don Francisco de Quevedo.

domingo, 24 de noviembre de 2013

EMAKUNDE; NO CON CON MIS IMPUESTOS


Soy un ingenuo. Pensaba que a estas alturas nadie que defienda la igualdad de derechos de hombres y mujeres se iba a oponer a que padres y madres se hagan cargo de la custodia de sus hijos e hijas. En pleno estudio de una propuesta legislativa sobre el asunto, irrumpe Emakunde en el debate para advertir que "la custodia compartida puede ser negativa para los menores".
Es curioso, porque leo los argumentos que expuso la directora de Emakunde el siete de octubre en el X Foro para la Igualdad de Mujeres y hombres y resulta que estoy plenamente de acuerdo con los objetivos que persigue pero extraigo unas conclusiones diametralmente opuestas sobre su posición respecto a la custodia compartida.
Sostiene Izaskun Landaida que "más que un cambio legislativo profundo lo que se necesita es un cambio social a favor de la corresponsabilidad y la igualdad". No me parece que una cosa excluya la otra. Si la excusa para no cambiar la ley es que la realidad social sigue siendo la desigualdad, no se justifica ni la ley que crea Emakunde ni la propia Ley de Igualdad. Oponerse a un cambio legislativo bajo el supuesto de que aún la sociedad no ha avanzado lo suficiente y aguardar a que ese cambio se produzca para actualizar la ley es un dislate. Sin ir más lejos, la percepción social sobre el aborto cambió cuando se reformó la ley. No al revés. ¡Y qué decir, por ejemplo, de las leyes que han ido aboliendo la discriminación racial!
Hablemos, ahí estamos de acuerdo, de los menores. Dice Emakunde que "esa custodia compartida como opción preferente puede ser negativa para ellos". ¿Acaso no lo puede ser, y lo es, la custodia monoparental preferente que rige ahora? Tratando de matizar, Landaida añade que "no existe un modelo de custodia ideal" y remata que "para que la custodia compartida sea adecuada es necesaria la corresponsabilidad previa y pactada a futuro". Es decir, defiende el derecho de veto de uno de los progenitores cuando sólo admite esta forma de custodia en el caso de pacto previo.
Emakunde ha terminado de enseñar que defiende los intereses del feminismo por encima de la igualdad

¿Pero qué está pasando en los juzgados? ¿Qué fórmula está defendiendo de hecho Emakunde? Aquella que de manera abrumadoramente mayoritaria (casi en una proporción de 10 a 1) concede de manera automática la custodia de los menores a la madre y obliga al padre, aunque haya sido corresponsable previamente del cuidado y educación de sus hijos e hijas, a pleitear mientras se mantiene la situación injusta de partida. Pleitear por una custodia supone para esos menores a una presión que, esa sí, es negativa para ellos. Deben ser sometidos a exámenes de psicólogos y salvo en edades muy tempranas son conscientes de que constituyen "un problema" añadido al estrés por la separación de las personas que les han dado hasta la fecha su cariño de forma conjunta.
Pero ese recorrido judicial lo despacha Emakunde diciendo que "en la práctica la custodia compartida ya se está asignando por parte de jueces y juezas aun en los casos de no acuerdo cuando se considera que es la mejor opción". Una media verdad es peor que una mentira, porque esconde la realidad. Ya que tanta atención presta a las estadísticas, emplazo a que haga públicas las que sostienen esa afirmación. Según los datos, en Euskadi se conceden un 11,7% de custodias compartidas ¿cuántas corresponden al supuesto al que se refiere Emakunde y que le sirve para defender su oposición al cambio de la ley?
Más. ¡Claro que debe analizarse caso por caso! Y Emakunde sabe que la propuesta de ley que se estudia lo contempla. Sin embargo, se apunta a la ficción sensacionalista: "la custodia compartida preferente no aporta suficientes garantías para los casos en el que se pueda estar viviendo un episodio de violencia de género". No hay nada que avale esta irresponsable advertencia que busca crear una innecesaria alarma social. Aquí no se da puntada sin hilo.
Frente a ese 11,7%, y como prueba irrefutable de que los hombres (los padres, matizo) no merecen más igualdad en este campo, Emakunde destaca que "se están concediendo custodias compartidas en una proporción similar e incluso superior a la de la implicación previa de los hombres en el cuidado" porque "sólo son el 7% entre quienes reducen la jornada para el cuidado de hijos e hijas y un 5% quienes se acogen a la excedencia para el cuidado de menores". De verdad, me produce sonrojo que una institución maneje la estadística con esa frivolidad. Más o menos es el mismo disparate que deducir que las mujeres (así, en general) son más vagas que los hombres porque la tasa de población activa es del 64,1 % en ellos y del 50,8% en ellas (Eustat).
En el fondo, lo que se deduce de esta actitud beligerante es que Emakunde ha terminado de enseñar lo que ya venía asomando hace tiempo: que defiende los intereses del feminismo (no tanto el de las mujeres) por encima del de la igualdad. Incluso, en contra de la igualdad si es necesario. Y si va a seguir así, debería buscar otras fuentes de financiación distintas a las públicas para continuar por esa vía. No con mis impuestos.