Opinión
Sentido común
Es habitual que, invocando el interés superior
del menor, las sentencias de divorcio fijen un régimen de guarda y
custodia exclusiva de los hijos menores para uno de los progenitores,
generalmente la madre, limitando la función del padre a visitas (la
semántica no es inocente) de dos fines de semana al mes y la mitad de
las vacaciones escolares.
Esto es producto de una inercia cultural machista
que atribuye a las mujeres la dulce carga -pero carga al fin- del
cuidado y atención de los niños, y limita en la práctica su promoción a
puestos de responsabilidad en el mundo laboral, que suelen exigir una
dedicación más amplia y flexible, condiciones que satisfará con mayor
holgura el padre extirpado, del que no se espera más que su contribución
económica.
Curiosamente, existen movimientos autodenominados
feministas que se oponen a la custodia compartida y alegan: «nosotras
los parimos?» Consecuentemente, entienden que son las únicas «dueñas y
administradoras» de esos preciados «bienes». Contradicción evidente con
lo que reivindican los verdaderos movimientos feministas: derecho a la
igualdad, implicación de los hombres en las tareas del hogar y cuidado y
crianza de los hijos, que suscribimos sin reservas.
¿Es que un padre divorciado es menos padre que el
que vive en pareja? El divorcio rompe el vínculo entre la pareja, pero
ninguna ley natural o jurídica puede anular o desvirtuar el hecho de la
paternidad. Y los padres también saben y quieren dar el beso de buenas
noches.
Genial como siempre, el análisis de la situación en la que estamos por la posición de las feminazis apoyada desde la política nacional...
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