jueves, 17 de agosto de 2017

NOTA DE PRENSA CONJUNTA CON MOTIVO DEL CASO DE JUANA RIVAS




PROTEGER A LOS MENORES Y DEFENDER EL ESTADO DE DERECHO
Las Instituciones tienen dos obligaciones fundamentales: proteger a los menores y defender el Estado de Derecho con el cumplimiento de las leyes.
En el caso de Juana Rivas ambas obligaciones se pueden estar conculcando: De una parte, esta señora, al formar una familia con un súbdito italiano y conviviendo ella y sus hijos en Italia, aceptó que los jueces italianos fueran los que dirimieran los conflictos que pudieran surgir con su pareja. El ocultar esta realidad legal supone dilatar el proceso, situar a los menores en una situación de desprotección y manipular a la opinión pública.
 El sistema judicial de España, basándose en la legislación vigente y en los convenios firmados por nuestro país, ha dictado sendas sentencias de obligado cumplimiento para la madre, que se niega a acatar, alegando que lo hace por sus hijos, es decir tomándose la justicia por su mano, sustrayendo y situando a los menores en el centro del conflicto, por lo que ahora rotundamente podemos afirmar que ella los ha puesto en situación de riesgo
Estas sentencias se han dictado teniendo un conocimiento exhaustivo del caso, en cumplimiento de la legislación vigente y con los informes favorables de los equipos psicosociales, por lo que hablar de jueces poco preparados y psicólogos incompetentes para justificar su no cumplimiento, no solo es temerario sino un ataque directo al Estado de Derecho
La madre en ningún momento ha acudido a los juzgados a presentar todas las pruebas que entendiera necesarias para defender y proteger a sus hijos, pidiendo por ejemplo medidas cautelares y ayuda al Ministerio de Justicia para agilizar el caso en Italia. Por el contrario, existen hechos relevantes, valorados por el juzgado, como que después de la condena por violencia doméstica en 2009, y tras tener una nueva relación de dos años en Granada, volviera de nuevo a convivir con su pareja italiana y tuviera un nuevo hijo con él. Inclusive, huida ya de Italia, Juana Rivas ofreció la custodia compartida en 2016, siempre que los niños se quedaran en España. Estos hechos son claramente contradictorios con su posición actual. Aún más, en la carta, recientemente publicada, añadía datos relevantes de agresiones que afectarían a los menores y que nunca aportó en el juzgado, en el momento de realizar la última denuncia, de violencia de género, esto no hace más que restarle credibilidad y sobre todo, de ser cierto, demostraría poca diligencia para que los menores pudieran ser protegidos por los Tribunales españoles o italianos.
El padre, aceptó en conformidad una condena de tres meses por violencia doméstica en 2009, por un hecho de agresiones leves puntuales en el ámbito de la pareja (Art. 153.2) Este hecho no le convierte en maltratador, en contra de lo que todos los medios de comunicación están dando a entender. Esta figura viene recogida legal y socialmente cuando se da un delito de maltrato continuado o que el maltrato sea grave. En cualquier caso las diferentes legislaciones preveen que en caso de condena por violencia de género, o doméstica, una vez cumplida la pena, el juez podrá adoptar cualquier medida que considere beneficiosa para el menor. En estos momentos y a falta de hechos probados o sospechas fundadas que lo sustancien, los jueces no han visto razones para que el bienestar de los menores este en peligro junto a su padre.

Por todo ello denunciamos la presión mediática, política e institucional hacia la independencia del Poder Judicial, que ha llevado inclusive a una de las asociaciones de Jueces a sacar una nota de apoyo a los jueces de Granada y poner de relieve la contradicción en cuanto a lo referente a solicitar amparo, en instancias judiciales, cuando se incumplen sus resoluciones.
Es poco prudente que la asesora de Juana Rivas le aconseje y apoye en su pulso contra el sistema judicial cuando ella misma es directora de una institución pública sustentada con fondos estatales. Profundizando en esto, hemos de recordar los antecedentes con el caso de Vanessa Skewes, la que después de ser asesorada por la citada persona, y que tras sustraer a sus hijos de Chile presentó, igualmente, una denuncia de violencia de género contra su ex marido en Alicante, que fueron sobreseídas al constatar las “numerosas contradicciones apreciadas” y posteriormente tras entregar los niños a su padre, fue detenida en Chile por secuestro.
Es comprensible pensar que determinados sectores políticos y asociativos pueden estar intentado utilizar en este caso a Juana Rivas y a sus hijos para desprestigiar la custodia compartida, confrontar hombres con mujeres y dar una visión de una sociedad donde abundan los maltratadores y malos padres, por lo que entendemos que este caso debe circunscribirse al ámbito exclusivamente judicial, no ser politizado y siempre teniendo presente el beneficio físico y emocional de los menores.
Por todo ello las asociaciones firmantes exigimos:
1º-QUE SE CUMPLAN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES DE MANERA INMEDIATA, ESPECIALMENTE AQUELLAS RELACIONADAS CON EL INTERES SUPERIOR DE LOS MENORES.
2º-QUE CON CARÁCTER URGENTE SE TRASLADE LA DENUNCIA DE LA MADRE A LA JUSTICIA ITALIANA QUE ES LA COMPETENTE
3º-QUE LAS INSTITUCIONES, PARTIDOS POLITICOS Y SOCIEDAD CIVIL RESPETEMOS LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL NO PRESIONANDO EN SUS DECISIONES Y CUMPLIENDO SUS SENTENCIAS.
En Madrid a 16 de agosto de 2017
Confederación Estatal de Asociaciones de madres y Padres Divorciados(Conpapaymama)
Unión de Asociaciones y Federaciones por la custodia compartida(UEFACC)
Abuelos Separados de Sus Nietos
Custodia Paterna
SOS PAPA
                                                                  Portavoces
Pilar Marco-DNI 25406293X.Tfno:696435364      Justo Sáenz-DNI 16503605R.Tfno 606731752