PROTEGER A LOS MENORES Y DEFENDER EL
ESTADO DE DERECHO
Las Instituciones tienen dos
obligaciones fundamentales: proteger a los menores y defender el Estado de
Derecho con el cumplimiento de las leyes.
En el caso de Juana Rivas ambas
obligaciones se pueden estar conculcando: De una parte, esta señora, al formar
una familia con un súbdito italiano y conviviendo ella y sus hijos en Italia, aceptó
que los jueces italianos fueran los que dirimieran los conflictos que pudieran
surgir con su pareja. El ocultar esta
realidad legal supone dilatar el
proceso, situar a los menores en una
situación de desprotección y manipular a la opinión pública.
El sistema judicial de España, basándose en la
legislación vigente y en los convenios firmados por nuestro país, ha dictado
sendas sentencias de obligado cumplimiento para la madre, que se niega a acatar,
alegando que lo hace por sus hijos, es decir tomándose la justicia por su mano, sustrayendo y situando a los menores
en el centro del conflicto, por lo que ahora rotundamente
podemos afirmar que ella los ha puesto en situación de riesgo
Estas sentencias se han dictado teniendo
un conocimiento exhaustivo del caso,
en cumplimiento de la legislación vigente y con los informes favorables de
los equipos psicosociales, por
lo que hablar de jueces poco preparados y psicólogos incompetentes para
justificar su no cumplimiento, no
solo es temerario sino un ataque directo al Estado de Derecho
La madre en ningún momento ha
acudido a los juzgados a presentar todas las pruebas que entendiera necesarias
para defender y proteger a sus hijos, pidiendo
por ejemplo medidas cautelares y
ayuda al Ministerio de Justicia para agilizar el caso en Italia. Por el contrario, existen hechos relevantes, valorados
por el juzgado, como que después de la condena por violencia doméstica en 2009,
y tras tener una nueva relación de dos años en Granada, volviera de nuevo a
convivir con su pareja italiana y tuviera un nuevo hijo con él. Inclusive, huida
ya de Italia, Juana Rivas ofreció la custodia compartida en 2016, siempre que
los niños se quedaran en España. Estos hechos son claramente contradictorios con
su posición actual. Aún más, en la carta, recientemente publicada, añadía datos
relevantes de agresiones que afectarían a los menores y que nunca aportó en el
juzgado, en el momento de realizar la última denuncia, de violencia de género,
esto no hace más que restarle credibilidad y sobre todo, de ser cierto,
demostraría poca diligencia para que los menores pudieran ser protegidos por
los Tribunales españoles o italianos.
El padre, aceptó en conformidad
una condena de tres meses por violencia doméstica en 2009, por un hecho de
agresiones leves puntuales en el ámbito de la pareja (Art. 153.2) Este hecho no le convierte en maltratador, en contra de lo que todos los
medios de comunicación están dando a entender. Esta figura viene recogida legal y socialmente cuando se da un delito de maltrato
continuado o que el maltrato sea grave. En cualquier caso las diferentes
legislaciones preveen que en caso de condena por violencia de género, o
doméstica, una vez cumplida la pena, el juez podrá adoptar cualquier medida que
considere beneficiosa para el menor. En estos momentos y a falta de hechos probados o
sospechas fundadas que lo sustancien, los jueces no han visto razones para
que el bienestar de los menores este en peligro junto a su padre.
Por todo ello denunciamos la
presión mediática, política e institucional hacia la independencia del Poder
Judicial, que ha llevado inclusive a una de las asociaciones de Jueces a sacar una
nota de apoyo a los jueces de Granada y poner de relieve la contradicción en
cuanto a lo referente a solicitar amparo, en instancias judiciales, cuando se incumplen
sus resoluciones.
Es poco prudente que la asesora
de Juana Rivas le aconseje y apoye en su pulso contra el sistema judicial
cuando ella misma es directora de una institución pública sustentada con fondos
estatales. Profundizando en esto, hemos de recordar los antecedentes con el caso
de Vanessa Skewes, la que después de ser asesorada por la citada persona, y que
tras sustraer a sus hijos de Chile presentó, igualmente, una denuncia de
violencia de género contra su ex marido en Alicante, que fueron sobreseídas al
constatar las “numerosas contradicciones apreciadas” y posteriormente tras
entregar los niños a su padre, fue detenida en Chile por secuestro.
Es comprensible pensar que
determinados sectores políticos y asociativos pueden estar intentado utilizar en
este caso a Juana Rivas y a sus hijos para desprestigiar la custodia compartida,
confrontar hombres con mujeres y dar una visión de una sociedad donde abundan
los maltratadores y malos padres, por lo que entendemos que este caso debe
circunscribirse al ámbito exclusivamente judicial, no ser politizado y siempre
teniendo presente el beneficio físico y emocional de los menores.
Por todo ello las asociaciones
firmantes exigimos:
1º-QUE SE CUMPLAN LAS
RESOLUCIONES JUDICIALES DE MANERA INMEDIATA, ESPECIALMENTE AQUELLAS
RELACIONADAS CON EL INTERES SUPERIOR DE LOS MENORES.
2º-QUE CON CARÁCTER URGENTE SE
TRASLADE LA DENUNCIA DE LA MADRE A LA JUSTICIA ITALIANA QUE ES LA COMPETENTE
3º-QUE LAS INSTITUCIONES, PARTIDOS
POLITICOS Y SOCIEDAD CIVIL RESPETEMOS LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL NO
PRESIONANDO EN SUS DECISIONES Y CUMPLIENDO SUS SENTENCIAS.
En Madrid a 16 de
agosto de 2017
Confederación Estatal de
Asociaciones de madres y Padres Divorciados(Conpapaymama)
Unión de Asociaciones y
Federaciones por la custodia compartida(UEFACC)
Abuelos Separados de Sus Nietos
Custodia Paterna
SOS PAPA
Portavoces
Pilar Marco-DNI 25406293X.Tfno:696435364 Justo Sáenz-DNI 16503605R.Tfno 606731752