lunes, 25 de marzo de 2013

COMIENZA EN EUSKADI LA TRAMITACION DE LA ILP DE CUSTODIA COMPARTIDA





La propuesta de ILP de custodia compartida ya está en la comisión de Justicia del Parlamento Vasco.Ayer Lunes 25 de Marzo KIDETZA comenzó la primera ronda de conversaciones con los grupos parlamentarios para hablar de la tramitación de la ley,ver su posición sobre el articulado de la propuesta para poder abrir un posterior negociación previo a la presentación de enmiendas

miércoles, 20 de marzo de 2013

INFORME CUSTODIA COMPARTIDA ARAGON

INFORME CUSTODIA COMPARTIDA ELABORADO POR APFS ASTURIAS

IGUALDAD Y CUSTODIA COMPARTIDA









Empar Pineda
Un feminismo que también existe
(El País, 18-03-2006)
    Una nueva corriente feminista planteó ayer objeciones a la Ley Integral de Medidas de Protección contra la Violencia de género y criticó la victimización de la mujer que genera. Las otras feministas, como se denominan las impulsoras, piden que los recursos públicos se empleen en cimentar la autonomía de la mujer en vez de crearle nuevas dependencias. Justa Montero y Empar Pineda son algunas de las mentoras. Otras, como María Sanahuja, magistrada y decana de los juzgados de Barcelona, estima que la Ley Integral no rebaja la violencia: "La solución no es poner un policía en cada familia. Se dictan miles de órdenes de protección al año y no se hace un seguimiento. La orden sólo es un papel", afirmó. La juez solicitó una ley de mediación y reiteró: "Hay que separar la violencia habitual de las tensiones que produce una ruptura. Hay que exigir que la policía investigue y si hay violencia, habrá casos en los que el agresor deberá ingresar directamente en prisión", concluyó. Manuela Carmena, Rosa Montero y Maruja Torres apoyan la iniciativa.
      En los dos años del Gobierno Zapatero, la actividad legislativa en asuntos que conciernen específicamente a las mujeres ha sido intensa: Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, Ley que modifica el Código Civil en el derecho a contraer matrimonio, Ley que modifica el Código Civil en materia de separación y divorcio. Y están pendientes las leyes de Dependencia, de Igualdad, de Mediación familiar, de Identidad de género y la creación de un Fondo de Garantía para los impagos de pensiones de divorcio.
      Aplaudimos el interés del Gobierno por abordar estos problemas, pero no podemos dejar de mencionar la preocupación que nos suscita el desarrollo de una excesiva tutela de las leyes sobre la vida de las mujeres, que puede redundar en una actitud proteccionista que nos vuelva a considerar incapaces de ejercer nuestra autonomía. Una legislación adecuada puede, sin duda, ayudar a mejorar la vida de las personas, pero es la movilización, el compromiso, la educación y la toma de conciencia individual y colectiva, de mujeres y de hombres, lo que puede finalmente hacernos conseguir nuestros objetivos. Las leyes aprobadas que provocan mayor controversia dentro del feminismo son la ley contra la violencia de género y a ley de divorcio. Las discrepancias son tan importantes que cabe hablar de diferentes concepciones del feminismo y distintos modos de defender los derechos de las mujeres. Hay un enfoque feminista que apoya determinados aspectos de la ley contra la violencia de género de los que nos sentimos absolutamente ajenas, entre ellos la idea del impulso masculino de dominio como único factor desencadenante de la violencia contra las mujeres. En nuestra opinión, es preciso contemplar otros factores, como la estructura familiar, núcleo de privacidad escasamente permeable que amortigua o genera todo tipo de tensiones; el papel de la educación religiosa y su mensaje de matrimonio-sacramento; el concepto del amor por el que todo se sacrifica; las escasas habilidades para la resolución de los conflictos; el alcoholismo; las toxicomanías... Todas estas cuestiones, tan importantes para una verdadera prevención del maltrato, quedan difuminadas si se insiste en el "género" como única causa. Otro de los problemas de enfoque preocupantes en este feminismo y claramente presente en la ley es la filosofía del castigo por la que apuesta: el castigo se presenta como la solución para resolver los problemas y conflictos. Así, el Código Penal adquiere una importancia desmesurada y se entienden como más eficaces aquellas leyes que contemplan penas más duras. Las situaciones de maltrato han de castigarse, pero la experiencia demuestra que más castigo no implica menos delito ni mayor protección para las víctimas. La polémica ha vuelto a manifestarse con la ley de divorcio. Las reacciones críticas de estas feministas no se hicieron esperar. Una, absolutamente razonable: no se plantea solución al impago de pensiones, uno de los grandes problemas que afrontan muchas separadas o divorciadas. En cambio, otras críticas parecen derivarse de esa concepción del feminismo que no compartimos. Se ha dicho que un divorcio sin causa deja a las mujeres al albur de los deseos masculinos, que equivale al repudio o que priva a las mujeres de conseguir ventajas señalando un culpable. Se ha mostrado desconfianza ante la mediación familiar, por considerar que la mediación sólo se puede dar entre iguales y las mujeres siempre están en inferioridad; pero la mayor oposición se ha manifestado ante la custodia compartida de los hijos e hijas menores de edad. Contra ella se ha argumentado que privar a las mujeres de la exclusividad en la custodia equivale a privarlas del derecho al uso del domicilio conyugal y a la pensión de alimentos, con lo que su situación económica puede llegar a ser dramática. Ciertamente, la situación de bastantes mujeres tras un divorcio puede ser muy difícil, pero no está de más señalar que, frecuentemente, es la custodia exclusiva de hijos e hijas la que dificulta que la mujer pueda rehacer su vida o mantener su actividad laboral, adquirir formación, encontrar trabajo, sin olvidar lo difícil que resulta enfrentarse en solitario a la responsabilidad de su cuidado y educación. Además, parece comprobado que hay un mayor compromiso paterno en el pago de las pensiones cuando la custodia es compartida. También se ha argumentado que las madres tienen una relación más estrecha con sus hijos que los padres, pues son las que habitualmente se ocupan de ellos, y que los padres solamente tratan de evitar pagar la pensión de alimentos. Partiendo de la mayor relación de las madres con los menores, parece aventurado afirmar que han de estar siempre mejor con la madre que con el padre. También nos parece abusivo atribuir a los hombres, con carácter general, intenciones espurias al solicitar la custodia y pensar que a las mujeres sólo las mueve el amor filial. Sabemos que se puede intentar utilizar la ley en provecho propio, pero ha de ser labor de la justicia proteger a las personas más indefensas. Finalmente, contemplamos con preocupación las posiciones del Instituto de la Mujer sobre la prostitución, a la que considera una actividad indigna y degradante. Estas ideas, en línea con el feminismo puritano de reforma moral de fines del XIX, brindan una excusa para mantener las pésimas condiciones en las que las prostitutas ejercen su trabajo. Las opiniones que venimos criticando nos parecen poco matizadas y excesivamente simplificadoras. Tienden a presentar a los hombres y a las mujeres como dos naturalezas blindadas y opuestas: las mujeres, víctimas, los hombres, dominadores. La imagen de víctima nos hace un flaco favor a las mujeres: no considera nuestra capacidad para resistir, para hacernos un hueco, para dotarnos de poder y no ayuda a generar autoestima y empuje solidario. Lo mismo se puede decir de la visión simplificadora de los hombres: no existe, en nuestra opinión, una naturaleza masculina perversa o dominadora, sino rasgos sociales y culturales que fomentan la conciencia de superioridad y que, exacerbados, pueden contribuir a convertir a algunos hombres en tiranos. Desde nuestro punto de vista, el objetivo del feminismo debe ser acabar con las conductas opresoras y discriminatorias; debe ser conseguir la igualdad entre los seres humanos, no aniquilar a quienes discriminan u oprimen. Nosotras no deseamos un feminismo revanchista y vengativo, deseamos simplemente relaciones en igualdad, respetuosas, saludables, felices, en la medida en que ello sea posible, relaciones de calidad entre mujeres y hombres.

Firman este artículo Empar Pineda, María Sanahuja y Manuela Carmena, juezas, Justa Montero y Cristina Garaizabal, feministas, Paloma Uría, Reyes Montiel y Uxue Barco, diputadas, y 200 mujeres más de toda España.

FEMINISMO Y CUSTODIA COMPARTIDA







*Marisa Soleto es directora de la Fundación Mujeres.
Con la actual regulación, la custodia compartida es posible incluso sin acuerdo
No es cierto que se esté denegando sistemáticamente la custodia a los hombres

La posición que mantenemos desde el feminismo sobre la custodia compartida se defiende muy fácilmente. Para entender la mayoría de los argumentos que hemos barajado no es necesario contar con un gran conocimiento jurídico, basta con aplicar el más puro sentido común y ponerse en el lugar de las personas que deben organizar un nuevo modelo de relación después de una ruptura matrimonial.
Los objetivos de nuestra reivindicación han sido, desde el inicio, abogar por un régimen de guarda y custodia que no perjudique los intereses de ninguna persona relacionada con el proceso, especialmente de las que parten de una peor posición que son, por este orden, los menores y las mujeres. También pensamos que es importante no incrementar el dolor y el nivel de conflicto de quienes se divorcian y de sus hijas e hijos. La experiencia de una ruptura familiar es, sin duda, una de las más difíciles en la vida de muchas personas.
Nunca hemos pretendido la custodia en exclusiva para las mujeres. Pedimos que en ningún caso se pueda imponer la custodia compartida si no es por voluntad y mutuo acuerdo de las partes. Solamente si ambos progenitores negocian y acuerdan las condiciones en que esta nueva forma de convivencia va a producirse, podrá garantizarse la estabilidad necesaria.
El nivel de petición de la custodia por los padres es muy bajo tanto en separaciones de mutuo acuerdo como en procedimientos contenciosos. Por tanto, no es cierto que se esté denegando sistemáticamente la custodia a los hombres, simplemente no se concede lo que no se pide. En total, la petición de custodia por parte de varones apenas si alcanza un 8 %.
No hace falta decir que, a nosotras nos gustaría que fueran muchas más, pero creemos que ese porcentaje es plenamente coherente con el nivel de participación de los varones españoles en el ejercicio de las responsabilidades familiares y domésticas, que puede deducirse tanto de la encuesta de usos del tiempo del INE, como del reciente estudio sobre conciliación del Instituto de la Mujer.
Estamos fante un grave problema social, la falta de implicación de los hombres en la atención y cuidado de personas dependientes, incluyendo menores, que no es exclusivo de las parejas divorciadas, sino que afecta a la práctica totalidad de las familias españolas. Este problema requiere de medidas sociales que rompan este desigual reparto de tareas y responsabilidades entre mujeres y hombres. Pretender una solución impuesta judicialmente, en el momento de máximo conflicto de la pareja, no parece la medida más razonable ni la más eficaz. Pensamos que la imposición judicial de la custodia, sin el acuerdo de las partes, sólo contribuirá a elevar el nivel de conflicto y a poner en peligro el bienestar y la estabilidad emocional de los menores.
No tener la custodia no significa perder la posibilidad de contacto y relación cotidiana con los menores. El derecho civil español, con la distinción que ofrece entre patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas, facilita que la relación entre los menores y los progenitores pueda mantenerse aún en los casos en los que uno de ellos mantenga la guarda y custodia en exclusiva.
Actualmente la mayor parte de los regímenes de visitas, que, recordemos, es un derecho de los menores y una obligación de los progenitores, consisten en fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales. El número de peticiones para ampliar estos periodos por parte de los padres, que son quienes mayoritariamente tienen atribuido este derecho-obligación, es muy bajo. Además, sólo en el 63% de los casos se hace un uso correcto de este régimen ordinario, existiendo niveles altos de incumplimiento que, difícilmente, pueden ser sancionados por el Poder Judicial. A tenor de los datos disponibles, parece que, en general, no hay una gran necesidad por parte de los varones divorciados de aumentar la convivencia con sus hijos e hijas.
Con la actual regulación, la custodia compartida es posible, incluso, aunque no estén de acuerdo las partes. No es cierto que la reforma haya ofrecido, en ningún momento de su tramitación, mayores oportunidades de custodia compartida que la actual regulación. La razón por la que en este momento no se están concediendo más custodias compartidas es, sencillamente, por que no están siendo solicitadas. Se piden en apenas un 22% de los casos de procedimientos contenciosos, que son, aproximadamente, un 10% del total de divorcios en España. Los juzgados podrían dictaminarla, aún sin el acuerdo de las partes, pero no han considerado hasta este momento que el interés del menor quede mejor protegido con ella.
Seguramente, como consecuencia de este debate social, se van a elevar el número de peticiones y el número de ocasiones en las que podrán ser decretadas por los juzgados sin el acuerdo de las partes, incluso, considerando las garantías que quieren introducirse en el artículo 92 del Código Civil. Con actual estado del texto, la valoración de la excepcionalidad para poder decretar custodia compartida sin acuerdo de las partes, queda, básicamente, a criterio de cada juzgado, con informe favorable del Fiscal, que recordemos actúa como parte en el proceso cuando hay menores.
De hecho, en los últimos meses, con garantías parecidas a las propuestas por la reforma, hemos empezado a conocer un mayor número de custodias compartidas sin acuerdo. Las condiciones que han establecido los juzgados han sido, por ejemplo, el cuidado alternativo trimestral dentro del domicilio familiar, donde permanecen los menores, siendo los progenitores quienes entran y salen del domicilio, teniendo que buscarse, cada trimestre, otra vivienda habitual. Otros ejemplos han sido la alternancia de domicilio para los menores, incluso en periodos muy cortos, como una semana, hasta cuando el domicilio de los progenitores está separado por kilómetros de distancia. ¿Alguien se imagina llevando este régimen de vida sin el acuerdo de su contraparte?
La custodia compartida por imposición judicial sin acuerdo de las partes, no es un modelo habitual en ningún ordenamiento jurídico de nuestro entorno. Incluso, en el caso de Francia, que se ha presentado en este debate como un ejemplo a seguir, opera como norma general el acuerdo de los progenitores. Además, la regulación francesa y la española son diferentes respecto de la distinción entre patria potestad y la guarda y custodia. Los ejemplos de Francia o Suecia, país donde existe una medida similar a la francesa, deben ser considerados en un contexto legal y social diferente al nuestro. En Francia, la custodia compartida se aprobó en el marco de un paquete de medidas para favorecer el reparto de responsabilidades domésticas y familiares entre las que se encontraba, el permiso de paternidad exclusivo e irrenunciable de los varones, que aún no existe en nuestro país.
Existe un problema económico de fondo relacionado con el divorcio que afecta tanto al uso de la vivienda familiar como a la fiscalidad tras la ruptura matrimonial. Quienes proponen la custodia compartida por imposición judicial, en cierta medida, aunque desde luego no abiertamente, abogan por la utilización del cuidado cotidiano de los menores como una solución para la situación económica de los progenitores. Se puede llegar a pensar que estas posiciones están más relacionadas con la posibilidad de poder ahorrarse gastos de vivienda habitual, disminuir la cuantía de las pensiones de alimento y poder beneficiarse de las deducciones fiscales relacionadas con las responsabilidades familiares, que con el bienestar de los menores.
Se ha llegado a insinuar que las mujeres piden la custodia por motivos económicos. Nada más lejos de la verdad. Estudios realizados en este sentido demuestran que, inmediatamente después de una separación, ambos cónyuges pierden poder adquisitivo. Sin embargo, en el largo plazo, quienes más empobrecidas se quedan son las mujeres. Probablemente no podemos atribuir esta consecuencia al hecho de tener la custodia en exclusiva, sino a un complejo entramado de factores que determinan la discriminación laboral y económica que sufrimos las mujeres. Lo que es absolutamente falso es que el desempeño de la custodia le sirva a nadie para enriquecerse.
¿Cómo podrá el Estado garantizar el cumplimiento de las custodias compartidas impuestas, si no cuenta con la complicidad de las partes? La experiencia de los incumplimientos en relación con el pago de las pensiones de alimentos y compensatorias y del régimen de visitas en nuestro país, que nos muestra como la vida de muchas mujeres y muchas ex-parejas se convierte en un auténtico calvario judicial, es suficientemente significativa. Aún hoy no hemos conseguido atajar todos estos incumplimientos siendo elementos mucho más objetivos que el desempeño del cuidado cotidiano de los niños y las niñas ¿cómo piensa el Poder Judicial vigilar y hacer seguimiento de las resoluciones impuestas sin el acuerdo de las partes? La intervención judicial tiene que ir encaminada a disminuir el nivel de conflicto entre las partes y nunca a incrementarlo.
La custodia compartida por imposición judicial, en ningún caso es una medida que vaya a contribuir a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. La igualdad de oportunidades nunca se conseguirá a través del método de tabla rasa para todo el mundo. Sólo a partir de un riguroso análisis de las necesidades y expectativas de mujeres y hombres, pueden promoverse medidas a favor de la igualdad. No hay nada más injusto que tratar de igual manera dos situaciones que tienen profundas diferencias de partida, como es el caso de las relaciones de mujeres y hombres tanto con la atención y cuidado a los menores, como con la posición social y económica de ambos tras la ruptura matrimonial.
El reparto equilibrado entre mujeres y hombres de las responsabilidades familiares y domésticas es una de las reivindicaciones del feminismo y uno de los objetivos de las políticas de igualdad desde hace ya muchas décadas.
No se puede sospechar, por tanto, que nuestra posición sea una treta para mantener el derecho exclusivo de las mujeres respecto de la atención y cuidado cotidiano de los menores. No resulta creíble tampoco que estemos oponiéndonos a la custodia compartida para defender los derechos económicos de las mujeres, que siempre son los más perjudicados en estos casos. Es más lógico pensar que la postura de las personas que abogan por un ejercicio de la custodia de forma responsable se basa en el convencimiento de que los cambios en este ámbito sólo son posibles con la complicidad de toda la sociedad, de hombres y de mujeres. Hay que desconfiar, por el contrario, de aquellos que prefieren la imposición judicial antes que sentarse a negociar con quienes deberán compartir la atención, el cuidado y la educación de sus hijas e hijos.
Estos han sido los argumentos con los que hemos intentado modificar el texto de la reforma desde el principio, y con los que, a tenor de los resultados, "casi" convencimos al presidente del Gobierno una tarde de abril. Seguimos creyendo que una reflexión serena sobre el significado del respeto a la voluntad de las personas en un proceso de divorcio, debe inspirar una mejora definitiva del texto del artículo 92, poniendo como condición imprescindible para la custodia, el acuerdo de las partes.
Por lo demás, habrá que seguir trabajando para modificar los papeles que mujeres y hombres tenemos atribuidos y que generan situaciones de desigualdad manifiesta. Pero hagámoslo sin perjudicar ni el bienestar de los menores ni el derecho de hombres y mujeres a reconstruir su vida después de un divorcio.
Fuente: El País

FEMINISMO Y CUSTODIA COMPARTIDA



Paloma Uría
Mediación familiar y custodia compartida.
Visiones feministas

(Página Abierta, 166-167, enero-febrero de 2006)


Paloma Uría abrió la sesión plenaria de las VI Jornadas de Pensamiento Crítico titulada “Feminismo, mediación familiar y custodia compartida”. En ella intervinieron, por este orden, Teresa Junco, que habló sobre la propuesta de la custodia compartida contenida en los cambios aprobados en materia de divorcio y separación (el contenido de su intervención puede leerse en el artículo publicado en el número160, de junio de este año, de nuestra revista), Juan Jesús Morcillo, que lo hizo sobre el valor de la mediación familiar, y María Sanahuja, quien dedicó su tiempo a hablar de su experiencia como juez en estos campos y en el de la violencia en las relaciones de pareja (*). 

 Hoy no vamos a hablar de los grandes temas, aquellos que afectan a nivel planetario, que mueven grandes fuerzas y condicionan políticas globales, hacen tambalearse gobiernos y alianzas internacionales y mueven la historia de los pueblos. 
No. Hoy vamos a hablar de las pequeñas cosas, de los microcosmos, de la vida cotidiana, de la privacidad de las personas: vamos a hablar de esas pequeñas cosas que, sin embargo, afectan de forma definitiva a la vida de millones de personas.
Vamos a hablar de las relaciones entre las personas, entre las parejas, entre los hombres y las mujeres. Vamos a hablar de cómo esas relaciones se pueden tornar conflictivas y pueden llegar a suponer una dosis grande de sufrimiento y un problema social considerable. 
El problema no es menor y lo datos hablan por sí solos. No me voy a detener en los datos referidos a la violencia doméstica, porque son públicos y notorios. 
Sí quisiera señalar que los datos referentes a separaciones y divorcios también son significativos. No es que quiera equiparar la gravedad de ambos conflictos: la violencia es un grado de conflictividad e implica un grado de sufrimiento mayor que lo que pueden suponer las separaciones y divorcios provocados por otros motivos. 
Sin embargo, las consecuencias de un divorcio pueden suponer problemas y dificultades, tanto para la pareja como para sus hijos e hijas.
En el año 2004 se han producido 135.000 separaciones y divorcios en España. Entre 1996 y 2000, los matrimonios crecieron un 7% y los divorcios un 26%. Según datos del año 2002, el 52% de las parejas no duran casadas más de 10 años, y el 69,3% de los matrimonios se separan antes de los 15 años.

El problema, es decir, la resolución más adecuada a dichos conflictos, se ha abordado desde los poderes públicos con la aprobación de dos leyes: la llamada Ley integral contra la violencia de género y la ley que reforma el Código Civil en materia de separación y divorcio.
Son ambas unas iniciativas legislativas que afectan a la vida de muchas personas; no podemos permanecer al margen: es nuestro derecho y nuestra obligación valorarlas, opinar sobre ellas.
Ya durante la tramitación de ambas leyes se suscitaron reacciones entre las organizaciones de mujeres que denotaron la persistencia de unas opiniones feministas con las que muchas otras feministas discrepamos: ello demostró una vez más la existencia de posiciones feministas muy diferentes o, dicho de otra manera, distintas concepciones del feminismo y de la mejor manera de avanzar en la defensa de los intereses de las mujeres.            
El feminismo que más se ha hecho oír últimamente ha perdido matices y es excesivamente simplificador, pues atribuye la situación de las mujeres a un único factor: los deseos de dominación masculina. Este feminismo tiende a presentar a los hombres y a las mujeres como dos naturalezas blindadas y opuestas: las mujeres, víctimas; los hombres, verdugos. 
La imagen de mujer víctima nos hace un flaco favor a las mujeres, pues no tiene en consideración nuestra capacidad para resistir, para hacernos un hueco, para dotarnos de poder. Demasiado tiempo hemos sido consideradas menores de edad o desprotegidas y sometidas a una excesiva tutela de las leyes.
Y lo mismo se puede decir de la visión simplificadora de los hombres; no existe, en mi opinión, una naturaleza masculina perversa o dominadora, sino ciertos rasgos culturales que fomentan la conciencia de superioridad y que, exacerbados, pueden, en ciertos casos, contribuir a convertir a algunos hombres en verdaderos verdugos.
Este enfoque feminista se ha manifestado sobre todo al defender determinados aspectos de la Ley integral contra la violencia de género. La ley insiste en el impulso masculino de dominio como único factor, como el aspecto determinante; pero no es ciertamente el único: hay que considerar la estructura familiar, ese núcleo de privacidad escasamente permeable que amortigua o genera todo tipo de tensiones; el papel de la educación religiosa y su mensaje de matrimonio-sacramento; el concepto del amor por el que todo se sacrifica, tan pertinente en las parejas jóvenes; la frecuentemente escasa habilidad para la resolución de conflictos; las drogodependencias... Todas estas complejas cuestiones, tan importantes para una verdadera prevención del maltrato, quedan difuminadas si se insiste, como se hace en el enfoque de la ley, en el factor “género” como único  determinante. 
Otro de los problemas de enfoque que nos parece preocupante es lo que podemos llamar “filosofía del castigo”. Hay una tendencia en nuestra sociedad a tratar de resolver los conflictos sociales a través del Código Penal y, en el caso que nos ocupa, al endurecimiento de las penas. No queremos decir que no se castigue el maltrato, pero la experiencia demuestra que más castigo no implica menos delito ni mayor protección para las víctimas. 
El objetivo del feminismo debe ser el de cambiar las conductas, no aniquilar a los que nos discriminan u oprimen; ni nuestro objetivo ni nuestro código de conducta debe ser la venganza: no podemos configurar un feminismo revanchista y vengativo. 

La polémica se ha reproducido con la recientemente aprobada modificación del Código Civil en materia de separación y divorcio. Como es sabido, la reforma presenta las siguientes innovaciones: desaparece la necesidad de alegar causa justa, se suprime la separación previa y se acortan los plazos, se propone la custodia compartida de los hijos menores de edad, ya sea por mutuo acuerdo o a decisión razonada del juez, y siempre en interés del menor, y se propone la mediación familiar para posibilitar acuerdos y tratar de desjudicializar el proceso de divorcio.
Cuando se publicó el primer proyecto, las reacciones críticas de algunos sectores feministas no se hicieron esperar. Algunas de estas críticas me parecen justificadas: por ejemplo, el que no se plantee solución al impago de pensiones, uno de los principales problemas al que se ven enfrentadas muchas mujeres separadas o divorciadas. Ante esta crítica, el Gobierno se ha comprometido a crear un fondo de garantía de pensiones.
En cambio, otras críticas parecen derivarse de esa posición feminista que antes he señalado. Por ejemplo, se ha llegado a decir que un divorcio sin causa deja a las mujeres al albur de los deseos masculinos, que equivale al repudio o que priva a las mujeres de conseguir ventajas señalando un culpable. Se ha mostrado también desconfianza ante la mediación familiar, por considerar que la mediación sólo se puede dar entre iguales y la mujer siempre está en una situación de inferioridad. 
Pero la mayor oposición se ha presentado ante la custodia compartida de los hijos e hijas menores. Las críticas se han basado, principalmente, en dos aspectos. Por una parte, se ha argumentado que privar a las mujeres de la exclusividad en la custodia equivale también a privarlas del derecho al uso del domicilio conyugal y a la pensión de alimentos, con lo que su situación económica puede llegar a ser dramática. No está de más señalar que, con frecuencia, es la custodia exclusiva de los hijos la que dificulta que la mujer pueda rehacer su vida, adquirir formación, encontrar trabajo, sin olvidar lo difícil que resulta enfrentarse en solitario a la responsabilidad que suponen los hijos.
También se ha argumentado que las madres tienen una relación más estrecha con los hijos que los padres, pues son las que habitualmente se ocupan de ellos; e incluso se ha llegado a decir que, en realidad, los padres no quieren a los hijos, y solamente tratan de evitar pagar la pensión de alimentos. Parece una conclusión aventurada afirmar, partiendo de la mayor relación de las madres con los menores, que éstos han de estar siempre mejor con la madre que con el padre o que los padres quieren menos a sus hijos. También me parece abusivo atribuir a los hombres, con carácter general, intenciones espurias al solicitar la custodia y pensar que a las mujeres sólo las mueve el amor filial. 

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Paloma Uría es diputada por IU en el Parlamento de Asturias y muchos años dedicada a la actividad feminista. Teresa Junco López es psicóloga forense en el Decanato de los Juzgados de Oviedo y mediadora familiar; forma parte del equipo psicosocial que asesora a los jueces en materia civil y penal. Juan Jesús Morcillo es abogado y mediador familiar.María Sanahuja es juez decana de Barcelona; accedió a la judicatura por el tercer turno, el de juristas de reconocido prestigio, en 1994, y ha desempeñado sus funciones en diversos juzgados de Cataluña. 
 

IGUALDAD Y CUSTODIA COMPARTIDA







Àssun Pérez Aicart, coordinadora de la Plataforma Feminista por la Custodia Compartida y María Sanahuja, juez decana de Barcelona, reflexionan sobre el tema en un artículo publicado en el Mundo (edición Catalunya) 

La Ley de Divorcio de 2005 deja en manos de una parte la decisión de permitir a la otra participar en igualdad de condiciones en la crianza de los hijos comunes. Esto significa que hay una parte a la que el sistema reconoce el derecho de ser a la vez Juez y parte. Lógicamente este derecho de veto es tal porque la parte a la que le interesa que el Juez deniegue la custodia compartida suele ser la que se sabe ´ganadora´ de antemano, la que sabe que obtendrá la custodia en exclusiva por una razón de ´género´.

En este punto es donde aparece, en relación con la custodia compartida, la cuestión feminista de una manera totalmente desenfocada. Parece claro que durante la tramitación de la Ley de Divorcio de 2005 ciertos grupos de Presión, arrogándose la supuesta y exclusiva representación del sujeto colectivo ´mujer´, intervinieron en el debate con el claro propósito de impedir que las Cortes aprobaran una norma generosa con la custodia compartida (tal y como sí se había hecho en otros países de nuestro entorno). El resultado fue el que tenemos: una norma con muchos errores, tanto desde el punto de vista jurídico y del Derecho, como desde el punto de vista sociológico y político.

Sin embargo, ha habido voces que, desde ´otro´ feminismo, han expresado en tiempos recientes profundas discrepancias con los rígidos planteamientos de dichos grupos de presión oficiosamente feministas. En lo que se refiere a la custodia compartida nos parece que ha llegado el momento de renovar un debate demasiado lastrado por inercias y estereotipos tan poco racionales como engañosos. Este es nuestro propósito, enfocar el tema de la custodia compartida, y su defensa, desde una óptica feminista.

Lo que el modelo de la custodia compartida (o coparentalidad) propugna coincide con la vieja aspiración feminista: la participación igualitaria y equilibrada de ambos progenitores en la crianza de los hijos; esto es, la corresponsabilización de hombres y mujeres en la educación integral y en los cuidados primarios de los menores, algo que el modelo patriarcal precisamente establecía  como un rol específicamente femenino y que, por tanto, quedaba vedado a los varones. Esto quiere decir que la filosofía de la custodia compartida es complementaria de lo que el feminismo auténtico pretendía: la liberación de la mujer de su destino supuestamente insoslayable, la maternidad, entendida como necesidad y diferencia natural en la que se cumpliría la única razón de ser y el sentido de la vida de toda mujer.

Creemos firmemente que las feministas tenemos en este momento una gran responsabilidad en la transmisión del espíritu liberador del feminismo. A menudo se difunde en el entorno mediático la idea falaz de que el feminismo lucha (o debe luchar) a favor de los intereses de las mujeres. Creemos que esto no es así. Si el feminismo como movimiento teórico ha revisado las categorías del género (qué es ´hombre´ y qué es ´mujer´) y ha puesto el acento en su carácter cultural (y construido) para desmontarlas, no podemos reducir las expectativas de dicho movimiento a la sola obtención del poder por parte de las mujeres. La liberación de la mujer pasa necesariamente por la liberación masculina, una no es posible sin la otra. Las normas de género, los roles cuya transformación hay que fomentar, afectan tanto a mujeres como a varones, y muchos de ellos los sufren, de un modo u otro, como limitaciones arbitrarias al desarrollo de su propia libertad y el crecimiento y sostén de su propia dignidad personal.

En lo que toca a la custodia compartida, es inaceptable, desde esta óptica feminista, hacer depender su aplicación como regla, tal y como ocurre en la práctica en la actualidad, de la sola decisión o autorización de la mujer. Flaco favor se nos hace si seguimos concibiendo la crianza como un territorio preferentemente femenino por naturaleza. Si no facilitamos desde las instituciones la incorporación del varón a las funciones tradicionalmente femeninas ¿qué política de género estamos haciendo? ¿qué tipo de transformación social es la que estamos promoviendo? Las reglas de juego actuales no están resolviendo los problemas ni están dando respuesta a las aspiraciones vitales de muchos ciudadanos, no sólo varones, también muchas mujeres, que se ven así arrastradas por la espiral de roles prescrito por la tradición y paradójicamente retroalimentado por las instituciones. Por no mencionar el enorme sufrimiento que la mala resolución institucional de los conflictos familiares está generando a los menores. A nuestro entender se hace necesario una regla fuerte favorable a la custodia compartida, una nueva norma que garantice el derecho de los menores a las relaciones familiares estables e igualitarias, y también que garantice la libertad de las personas, sean mujeres u hombres, para desarrollar plenamente proyectos irrenunciables, entre ellos la filiación y la crianza, derecho-deber al que ningún padre ni madre tiene porqué renunciar, ni del que tampoco nadie, sin causa objetiva, razonable y demostrada, tiene porqué ser excluido.

CUSTODIA COMPARTIDA-ENBUSCA DEL SANTO GRIAL

martes, 19 de marzo de 2013

HAY QUE APOSTAR POR LA CUSTODIA COMPARTIDA

 Paulino Castells, especialista en psiquiatría: Hay que apostar por la custodia compartida






 

Paulino Castells es doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad de Barcelona, especialista en pediatría, neurología y psiquiatría y profesor agregado en la licenciatura de Psicología de la Universidad Abat Oliba CEU de Barcelona. Recientemente ha publicado el libro 'Los padres no se divorcian de los hijos', el que pretende que se regale y lo lea todo el mundo, especialmente en los juzgados de familia. El propio escritor lo considera una "vacuna que pueden admistrar los padres para inmunizar a los hijos en el trauma del divorcio", pues incorpora numerosos consejos para que "el niño lo lleve lo mejor posible".

.- ¿Qué es exactamente lo que usted denomina 'psiquiatría de la familia'?    Es una rama de la psiquiatria que trata temas derivados de la convivencia familiar, especialmente se centra en situaciones en las que se deterioran las relaciones entre los miembros de una familia, ya sea entre padres e hijos, entre la pareja de padres, entre  hermanos o entre los parientes próximos.  Todas estas circunstancias se traducen en cuadros de tensión, ansiedad, depresión o rechazo y estos son precisamente los síntomas que se tratan dentro de la psiquiatría de la familia. 

.- ¿Qué efectos generales tiene en los menores la separación de los padres?
   Una separación siempre es un shock para el niño. Aunque en función de la relación que mantenía con los padres les afectará en mayor o menor medida. Tenemos que tener claro que la separacion no es más que un fotograma de una película que ha empezado hace mucho tiempo y que le queda bastante para terminar.

   En ocasiones la separación es favorable, pues la situación que se vivía en casa antes de la separación de los padres era insostenible y la ruptura es la mejor opción, tanto para ellos como para los menores, a los que yo lamo "los hijos del suspiro", pues cuando les pregunto que cómo están tras la separación de sus padres me contestan con un suspiro de alivio. Además, hay veces que la separación sirve para que los hijos conozcan más a uno de sus dos progenitores, porque es frecuente que en la relación uno de los dos cónyuge estuviera omnipresente y arrinconara el otro, lo que dificultaba que el hijo pudiera conocerle tal y como realmente es, y así cuando se separa, el hijo puede acceder mejor a él.

.- ¿Y a largo plazo, cómo puede influir el divorcio en la vida del hijo y en sus relaciones personales?    No se sabe a ciencia cierta cómo van actuar en el futuro los niños de hoy que han vivido en sus carnes una separación traumática. Tampoco como van actuar en sus relaciones personales, familiares y sociales porque depende de muchas variables y sólo se podrá comprobar dentro de 15 o 20 años. Creo que pueden actuar de dos maneras muy diferentes: o bien, negarse a casarse y a tener hijos por miedo a repetir la situación que vivió cuando era niño; o bien, querer formar una familia intentando, por todos los medios, que no pase lo que sucedió en su pasado.

.- ¿Estos efectos son diferentes según la edad y el sexo?    El divorcio tiene una influencia distinta en los hijos según las edades y el sexo de estos. Es cierto que tras una separación siempre está más amparada la niña que el niño, porque actúan con sumisión y pasividad, lo que no molesta al entorno y éste se vuelca con él. Por el contrario, el chico toma una actitud de rebeldía e irritabilidad hacia el exterior, y el entorno rechaza este comportamiento.

En cuanto a la edad, considero que la peor edad es la adolescencia, porque el joven necesita un modelo de identificación muy fuerte y cuando desaparece este personaje admirado, él se queda "huérfano" de esta imagen que es la que le ayudaría a madurar en esta epoca tan frágil de su desarrollo. 

.- ¿A qué puede ser debido el incremento del número de divorcios en los últimos años?   Uno de los múltiples factores responsables de este incremento es el indiviualismo que impera, cada vez más, en nuestra sociedad. Ahora todo el mundo quiere ser feliz, aunque sea una felicidad a costa de la desgracia de los demás. Y es precisamente, esta visión hedónica de la vida, la que hace que las parejas ante el más mínimo problema tiren la toalla. La capacidad de reparación o de intentar buscar donde está el fallo para repararlo es cada vez menor y en gran medida optan por  dejarlo.
   Además, ahora la gente quiere las cosas en el momento y que no duren mucho tiempo, nos hemos acostumbrado a los productos perecederos y pasa igual con las relaciones, que ya no se espera que sea para toda la vida, tal y como se esperaba antes.

.- ¿Cómo afecta la crisis al número de divorcios?    Hay dos opiniones y las dos son ciertas. Por una parte, lo que la crisis hará es redescubrir a  muchas parejas que estaban distanciadas por el trabajo y que tras la pérdida de empleo o la reducción de horas, pasan más tiempo en casa y por tanto, chocan más. Pero por otra parte, es cierto que se han parado el incremento de divorcios por la penuria económica, esto es, lo que el amor lo ha unido, ahora lo une la hipoteca. Además, los trámites de las separaciones son muy caros y ahora no es el mejor momento para hacerlos frentes.

.- ¿Qué deben hacer los padres ante una separación para perjudicar, lo menos posible, a los hijos? 
   Ante todo tienen que respetar a los hijos, pues aunque el amor entre la pareja se acabe, el respeto siempre tiene que permanecer, tanto entre los padres como entre los hijos. Asimismo, pienso que es fundamental hablar y contar todo lo que pasa a los hijos, siempre poniendolo a su nivel de comprensión.

   Hoy día es muy frecuente oír hablar del 'síndrome de alienación parental', que es cuando uno de los exconyujes manipula al hijo para ponerle en contra del otro. Yo esto lo contrapongo con el 'síndrome de indefensión parental', que revela que esta reacción manipuladora no es más que una situación de indifensión por una simetría de poder con el otro miembro de la pareja que tiene una situación economica, social, de poder que no tiene el otro. Y para defenderse, se vale del hijo. El problema es que muchas veces se han adoptado resoluciones judiciales que dicen que el padre tiene un síndrome de alienación parental y no se ha valorado que realmente lo que pasa es que se siente indefenso.

.- ¿Custodia compartida como medida inicial automática en procesos de nulidad, separación y divorcio, sí o no?    Siempre custodia compartida, porque es la situación más parecida a la vida matrimonial, aunque es muy complicada y exige un gran esfuerzo por ambas partes. Ahora parece que la justicia está dando más la palabra al hombre y se está apostando más por la custodia compartida. Es preciso reseñar que cada caso es diferente y hay que mirarlo con lupa.
   Por otra parte, ante dificultades de relación, yo siempre abogo porque se vayan con su pariente de igual sexo, ya que la ausencia del progenitor del mismo sexo siempre repercute en el desarrollo afectivo y cognitivo de los hijos.

lunes, 18 de marzo de 2013

FEMINISTAS POR LA IGUALDAD EN LA ASAMBLEA DE MADRID

'Feministas por la Igualdad' pide renunciar a ventajas y subvenciones "por el mero hecho de ser mujeres"

Y destinar ese dinero a personas "con dificultades reales" y sin recursos

   MADRID, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -
   La Asociación 'Feministas en Igualdad' ha apelado este viernes a la responsabilidad de las mujeres, "personas dotadas de igualdad de capacidades que los hombres", a que renuncien a las "prebendas, ventajas, subvenciones y tutelas por el hecho de ser mujeres".
   Durante su comparecencia a petición del grupo UPyD en la Comisión de Mujer celebrada este jueves en la Asamblea de Madrid, la presidenta de esta asociación, Marisa Culebras, ha pedido destinar dichas subvenciones orientadas a la discriminación positiva a favor de las féminas "a ayudar a personas con dificultades reales y las que no tienen ningún recursos".
   "Empecemos a dejar un lado el sexo con el que nacimos y que a todas las personas se les considere iguales y en igualdad ante la ley", ha señalado la responsable de esta organización, que ha manifestado este viernes, Día de la Mujer, que "es hora de tomar otras medidas que no discriminan a la otra mitad de la población, la masculina".
   Así, ha señalado que en los últimos años la situación de la mujer y la del hombre se han igualado en muchos aspectos. Por ejemplo, en el tema de la ocupación laboral, actualmente el 52 por ciento de las personas que tienen trabajo son hombres y el 48 por ciento mujeres, una diferencia que en 2007 era de 11 puntos. Además, en Madrid la diferencia de la contratación temporal es sólo del 3 por ciento entre ambos sexos.
   La presidenta de 'Feministas por la Igualdad' también ha dado otros datos sobre sectores laborales en los que abunda el género femenino. Así, ha destacado que en Madrid el 54 por ciento de jueces son mujeres, el 74,7 de fiscales, el 73 por ciento del profesorado, el 71 por ciento del personal de la Administración autonómica madrileña y más de la mitad de los médicos menores de 40 años.
   Por otro lado, se ha referido al conocido ''techo de cristal', es decir a que en puestos de responsabilidad hay más varones que mujeres. Así, ha esgrimido que hay que tener en cuenta que la mujer se incorporó a las universidades hace 30 años, por lo que prevé que esta situación cambien en los próximos años.
   Culebras ha asegurado que muchas mujeres se inclinan por determinado tipo de trabajos para poder conciliar bien su vida laboral con la familiar y son menos reacias que los hombres a hacer horas extras o cambios de turno. "Quizás ha llegado el momento a concienciar a los varones su importancia de participar en el entorno familiar", ha apostillado.

"ELIMINADAS LAS DIFERENCIAS, DEBE ELIMINARSE LA DISCRIMINACIÓN"

   Respecto al desempleo, actualmente el 53 por ciento es hombre y el 47 por ciento mujer, cuando hace seis años había ocho puntos de diferencia en detrimento de las féminas. "Si la tendencia sigue en ese sentido las acciones positivas deberán cambiar su sentido. Eliminadas las diferencias, debe eliminarse la discriminación", ha apuntado la presidenta de 'Feministas por la Igualdad'.
   Según sus datos, el 37 por ciento de las mujeres que no trabajan es porque tienen obligaciones con dependientes o con sus hijos. Por ello, Culebras ha abogado por impulsar un reparto entre ambos cónyuges para mejorar la vida familiar y, en caso de divorcio, legislar una custodia compartida de manera preferente, proveer un número adecuado de guarderías y centros de mayores y dependientes.
   También ha defendido incentivar a que repartos de permisos post-parto se realicen a partes iguales entre padre y madre porque "aumentar la duración de este permiso es inasumible económicamente en este periodo de crisis". Así, ha pedido a las Administraciones que los presupuestos destinados a subvenciones a la discriminación positiva se inviertan en estas propuestas.
   "La igualdad ante la ley ha de ser un hecho, sin tener necesidad de trato de favor o tutela hacia las mujeres, máxime con estos datos. Hay que apoyar a los desfavorecidos, pero si somos iguales hemos de ser capaces de demostrarlo", ha concluido Culebras.

 

NUEVA FEDERACION CUSTODIA COMPARTIDA EN CANARIAS



Seis asociaciones han decidido constituir la Federación de Asociaciones Canarias por la Custodia Compartida y la Igualdad Efectiva (Favor Filii), que se presentará de forma oficial mañana lunes a las 18.00 horas en el Hotel Nivaria de La Laguna, en Tenerife.
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 17 (EUROPA PRESS)
Seis asociaciones han decidido constituir la Federación de Asociaciones Canarias por la Custodia Compartida y la Igualdad Efectiva (Favor Filii), que se presentará de forma oficial mañana lunes a las 18.00 horas en el Hotel Nivaria de La Laguna, en Tenerife.
Con motivo de la celebración del Día del Padre, la Federación ya ha organizado este fin de semana diversos actos para darse a conocer. En Lanzarote, Tenerife y Gran Canaria ha montado varios puntos informativos en los que los niños pudieron realizar un dibujo o una dedicatoria para regalar a sus papás o para exponer en un mural, y también sirvieron para atender a los adultos que solicitaban información y asesoramiento sobre la coparentalidad o custodia compartida.
Desde la Federación Favor Filii (www.favorfilii.com) han querido felicitar a aquellos padres que tienen la posibilidad de estar en estos días con sus hijos, así como a aquellas madres y padres que han entendido que la custodia compartida es la mejor forma de convivir los hijos con sus progenitores cuando se separan como pareja, así como de educarlos en la igualdad y continuar con la responsabilidad de ambos hacia ellos y así sentirse protegidos.
Algunos de los objetivos de la Federación es denunciar una legislación que impide la "convivencia fluida" de los hijos con sus dos progenitores, produciéndose la separación por parte de éstos, así como "irreparables" daños emocionales, conformándose, además, como un "símbolo de irresponsabilidad parental y familiar".
Igualmente, exigen al Ministerio de Justicia que inicie las acciones oportunas para que se modifique la legislación y se considere la custodia compartida como un derecho del menor y, por tanto, la opción principal en casos de separación o divorcio, evitándose así "enquistar" procedimientos civiles que no sólo cuestan dinero, sino que colapsan el sistema.
Otros fines de la Federación son reclamar procedimientos judiciales rápidos para los casos de familia, habida cuenta el volumen importante que existe de progenitores (especialmente padres) que pueden pasarse meses o hasta años sin tener contacto alguno con sus hijos y éstos con ellos, así como promover la mediación familiar en casos de separación o divorcio, facilitando la solución previa al contencioso.

miércoles, 13 de marzo de 2013

ABIERTO EL PLAZZO DE PRESENTACIÓN DE ENMIENDAS A LA ILP DE CUSTODIA COMPARTIDA EN EUSKADI

Abierto el plazo de enmiendas a la ILP de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura 

La Cámara vasca abonará a los parlamentarios los gastos previamente justificados mediante la presentación de facturas

12/3/2013 - 19:56
La Cámara vasca abonará a los parlamentarios los gastos previamente justificados mediante la presentación de facturas


VITORIA, 12 (EUROPA PRESS)

La Mesa del Parlamento vasco ha acordado abrir el plazo de presentación de enmiendas a la iniciativa legislativa popular (ILP) de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a su cargo o parejas sin hijos, una vez hayan tenido lugar las comparecencias de las organizaciones interesadas en la iniciativa que acuerde la Comisión de Instituciones, Seguridad y Justicia.

Según ha informado la Cámara autonómica, en relación con la actual normativa relativa a las dietas y el análisis comparado de las normas relativas a las dietas de otras instituciones, la Mesa ha acordado que en el caso de los parlamentarios se aplique el sistema de gastos justificados y el régimen aplicado a los consejeros del Gobierno vasco.

En adelante, el Parlamento sólo abonará los gastos previamente justificados mediante la presentación de las facturas correspondientes. Hasta ahora, las dietas de viaje (117 euros al día en el Estado español y 162 euros fuera del Estado) se abonaban de oficio y sin necesidad de justificar gastos.

Se ha aprobado también el calendario provisional de tramitación del proyecto de ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2013.

Por último, la presidenta del Parlamento vasco va a correr un kilómetro en representación de la Cámara de la Korrika 18. El próximo martes, día 19, en el momento en que la Korrika pase por las calles de Vitoria al anochecer, entre las calles Manuel Iradier y la Facultad de Filología, el Parlamento vasco tomará el relevo para llevar el testigo de la carrera a favor del euskera en el tramo correspondiente al kilómetro 1251-C.

En la reunión de la Mesa del Parlamento, Bakartxo Tejería ha invitado a las parlamentarias y parlamentarios a unirse con la Korrika en este tramo de la carrera. La presidenta de la Cámara recibirá el testigo de manos de los miembros del comité de empresa de la red sanitaria alavesa y lo pasará al personal del Parlamento.

Dentro de la Korrika organizada por AEK que se desarrollará bajo el lema 'Eman Euskara Elkarri', se aprovechará para reivindicar el uso y transmisión del euskera, la convivencia, y que el euskera tiene que ser la lengua para la convivencia de las vascas y vascos.

En la recepción oficial que les ofreció la presidenta del Parlamento, Bakartxo Tejeria, a la comisión organizadora de la Korrika el día 27 de febrero, fue donde surgió por parte de AEK el ofrecimiento de correr el kilómetro, lo que coincidía absolutamente con la voluntad manifestada por Bakartxo Tejeria.

jueves, 7 de marzo de 2013

STOP A LOS SUICIDIOS.POR UNA JUSTICIA SOCIAL.STOP A LOS RECORTES Y A LOS DESAHUCIOS

EUSKADIKO GURASO BANANDUEN FEDERAKUNTZA
                                                                                          FEDERACION DE EUSKADI DE MADRES Y PADRES DIVORCIADAS

                                                                                                           KIDETZA
 

                                                             NOTA DE PRENSA

                                                       BASTA YA DE SUICIDIOS


HAY QUE PRIORIZAR LA PREVENCION Y LAS JUSTICIA SOCIAL POR ENCIMA DE OTROS INTERESES.STOP A LOS RECORTES

Ante el suicidio ayer de J.A.D,hombre separado de 50 años,en Bilbao la Federación de Euskadi de madres y padres separados-KIDETZA-quiere hacer llegar a la familia,la opinión pública y a las Instituciones lo siguiente:
1º-Nuestro más sincero pésame a la familia y en especial a la hija de 13 años,que en un momento tan necesario se ha visto privada de su padre.
2º-Poner de manifiesto que ya hemos asistido a 12 suicidios en menos de 6 meses en todo el Estado,de ellos 3 en Euskadi.
Es destacable para esta asociación que dos de ellos eran personas divorciadas y se han suicidado en menos de un mes en Bizkaia.
Por ello  es necesaria y urgente una reflexión  y actuación conjunta de toda la sociedad e Instituciones para saber qué está pasando y cómo poder prevenir y atajar estas situaciones tan dramáticas.
3º-De una parte el Congreso de los Diputados debe tramitar y aprobar con caracter urgente la ILP de dación en pago y otras medidas,así como el Gobierno Vasco debe llevar al Parlamento una ley de vivienda que reconozca a todas las personas el derecho a una vivienda digna exigible por ley.
Paralelamente debe exigirse y negociar  con las cajas y bancos que residen en Euskadi que dediquen a alquiler social para sus dueños las viviendas embargadas.Así como la paralización inmediata de todos los desahucios, la renegociación de las deudas y el alquiler social.
El Gobierno Vasco y las diferentes Instituciones(Ayuntamientos y Diputaciones) deben poner a disposición de los afectados por estas situaciones un cupo de viviendas de alquiler social.
4º-Pero estas medidas,como la realidad nos demuestra,deben ir acompañadas de otra medidas preventivas y de apoyo social que ayuden a que las personas afectadas no tomen decisiones tan drásticas en un momento de derrumbe psicológico total.
Desde el colectivo de divorciados entendemos que la potenciación de programas de atención integral a las familias en crisis son totalmente necesarios.Cuando una persona se divorcia se le derrumba su proyecto de vida y su situación económica(sobre todo la del progenitor no custodio) puede ser dramática.Es necesario que estas personas tengan apoyo psicológico,legal,asesoramiento de todo tipo y acompañamiento social que les permita hacer frente a situaciones difíciles como un desahucio.

Así mismo se deben potenciar programas de información y sensibilización social sobre que hacer en estos casos y que recursos hay,así como potenciar la  coordinación, la labor informativa  y de apoyo social de todas las asociaciones que trabajamos en el sector.


Secretaria de Prensa

                                                                                  Donostia 7 de Marzo del 2013

domingo, 3 de marzo de 2013

CARTA ABIERTA DE CARLOS CALDITO AL MINISTRO DE JUSTICIA RUIZ GALLARDON

Custodia Compartida: Carta a Gallardón

Mi nombre es Carlos Aurelio Caldito Aunión, soy padre de una hija de casi quince años, y estoy divorciado desde hace aproximadamente once. Me dirijo a usted como padre “no custodio”, “padre excluido”, “padre periférico”, “padre visitador”… También como presidente de la Asociación de Padres y Madres Separados de Extremadura Custodia Compartida Ya, y lo hago de forma pública,  con publicidad, para que se sepa (eso sí, sin ánimo de ofender, nada más lejos de mis intenciones) lo hago, además, como militante del Partido Popular.
Me dirijo a usted para contestar al artículo, que lleva por título “Cada cual a su manera”, y que ha publicado en un periódico digital el día 21 del presente mes de junio… El contenido del mismo casi se puede resumir en una frase: Quienes pretenden solucionar un problema no ponen pretextos, buscan soluciones…
Para empezar, afirma usted en su escrito que la Custodia Compartida es un asunto que “divide a la sociedad”, hemos de suponer que se refiere a la Sociedad Española… ¿De dónde ha sacado usted semejante conclusión? Permítame que le corrija, todas las encuestas realizadas en España en los últimos años concluyen en todo lo contrario, que la mayoría de la gente adulta española es partidaria de la Guarda y Custodia Compartida de los hijos menores tras el divorcio.
El estudio de opinión realizado por Gallup España para la asociación SOS Papá, en el año 2005, concluía que –entonces- el 83% de los españoles apoyaban la Custodia Compartida.
Ocho de cada diez españoles (83,6 por ciento) apoyan la custodia compartida en caso de divorcio aunque no haya acuerdo entre los progenitores,… Sólo un 4,7 por ciento se manifestó en contra de esta posibilidad si los padres no llegan a un consenso al respecto.
La encuesta, realizada a 964 españoles mayores de edad el pasado en abril de hace siete años, reveló que el 90 por ciento de los entrevistados respondieron afirmativamente a la pregunta “¿está usted a favor o en contra de que, tras un divorcio, los hijos puedan seguir relacionándose por igual con ambos progenitores?”.
Un 3 por ciento se opuso a esta posibilidad y un 6,9 por ciento no expresó su opinión al respecto.
En caso de desacuerdo entre los padres, el 83 por ciento se manifestó a favor de “una ley de custodia compartida que garantice que los hijos puedan continuar relacionándose por igual con ambos progenitores”, que rechazó el 4,7 por ciento.
También se preguntó a los encuestados acerca de si consideran “honesta o deshonesta la actitud de los políticos que están a favor de la igualdad pero en contra de la custodia compartida?”. Dos de cada tres (64,3%) la calificaron de “deshonesta”, frente a un 8,6 por ciento que defendió su coherencia. Un 27 por ciento no supo expresar su posición.
Ya en fechas más cercanas, concretamente el año 2010, la Asociación de Abuelos Separados de sus Nietos encargó en 2010 la única encuesta reciente de la que se tienen noticias, sobre la aceptación de la guarda y custodia compartida entre la población española. El Instituto DYM encuestó a 2.000 personas de entre 16 y 75 años, de todas las comunidades autónomas, una muestra comparable a las encuestas mensuales que realiza el CIS (Centro de Investigaciones Sociológicas) lo que le otorga un nivel de confianza del 95,5% y un margen de error inferior al 2,2%. La encuesta concluyó que el 80% de la población es favorable a la custodia compartida, porcentaje que se eleva al 86% en el área metropolitana de Madrid y al 89% en Valencia. Un 63% de los encuestados considera conveniente una reforma de la legislación actual sobre divorcio y el mismo porcentaje entiende que el hombre está discriminado legalmente respecto de la mujer…
Estimado Ministro Alberto, el actual Derecho de Familia español, o mejor dicho la legislación relativa al divorcio, no es que contemple la posibilidad de la Guarda y Custodia Compartidas como “excepcional”tal como tú afirmas en tu artículo, tampoco es que el ordenamiento jurídico peque de “rigidez sociológica”, y mucho menos responde a un determinado “modelo de familia patriarcal” tal cual afirmas… No se confunda. La impide por completo, por supuesto, con el apoyo entusiasta de jueces y fiscales, que son colaboradores imprescindibles, oponiéndose diariamente a que los hijos de padres separados sigan conservando a su padre biológico, e impidiendo por sistema que sigan participando en la crianza y en la educación de sus hijos… y por tanto, condenando estúpida y cruelmente a los menores a situaciones de orfandad que a nadie beneficia… Todo ello adornado con la retórica hueca, sarcástica, de “juzgamos en conciencia y en beneficio de los menores”… Hablan de “favor fillii”, cuando deberían decir “favor matris”…
La actual legislación relativa al divorcio está diseñada desde la “perspectiva de género”, ideología totalitaria importada por Felipe González, el amigo más listo de Alfonso Guerra, aquel que afirmó que los socialistas iban a cambiar a España de tal manera que no la iba a reconocer ni la madre que la parió… y divulgada y consolidada, omnipresente en todos los ámbitos de la vida, en todas las instituciones, en muchas ocasiones (todo hay que decirlo) con el apoyo negligente o entusiasta del Partido Popular, que no acaba de darse cuenta que tal doctrina no tiene nada de inocua.
Estimado Ministro, la Guarda y Custodia Compartidas es la única fórmula que permite de facto el ejercicio compartido de la patria potestad, lo que los franceses denominan “autoridad parental”, es decir que ambos padres puedan seguir tomando decisiones en todo lo concerniente a la crianza y a laeducación de los hijos habidos durante la convivencia, después de la ruptura matrimonial. La Custodia Monoparental, sea materna, sea paterna, es exclusiva y como tal “excluyente”,expulsa al progenitor no custodio de la vida cotidiana de los hijos e impide absolutamente que siga ejerciendo “de padre”, o “de madre”… Eso sí, “solo durante el curso escolar”, en los periodos vacacionales los hijos de padres divorciados gozan de un régimen de “Custodia Compartida” (éste es uno de los grandes misterios que algún día habrán de desvelar quienes se oponen a la Guarda y Custodia Compartida durante el curso escolar, por alguna causa que los legos desconocemos, los hijos solo necesitan a su papá y a su mamá durante las vacaciones…)
Dice usted, Señor Ministro, en su escrito que la Custodia Compartida “requiere una serie de circunstancias muy exigentes, y en consecuencia inhabituales”… Hablas de que debe darse entre los progenitores, según tú, una “cierta estabilidad en la relación” de lo que denominas “partes en litigio”… Das, también a entender que “el juez tendrá que determinar si se dan las circunstancias necesarias para que los hijos salgan ganando…”
Y termina usted indicando que: “No podemos olvidar que, en última instancia, lo que ha de importarnos es el interés superior del menor, y que es este el que tiene derecho a disfrutar y disponer de la presencia de sus progenitores, pudiendo acceder a ellos sin trabas y del modo que más beneficioso le resulte. “
Lo primero que se me ocurre preguntarle es “¿cuáles son esas circunstancias, muy exigentes, y en consecuencia inhabituales, que se deben cumplir para que se consienta por parte de los jueces la Custodia Compartida de los menores?” ¿Debemos entender que si no se dan “esas circunstancias” se habrá de seguir aplicando el “precepto” –a todas luces injusto, discriminatorio, e inconstitucional- de que “lo mejor es que se queden con mamá”? Otra pregunta que se me ocurre es ¿Parte usted de la certeza de que con la custodia monoparental materna los hijos “salen ganando”, y hay que ser especialmente precavidos a la hora de permitir/conceder la posibilidad de que los hijos sigan conservando a ambos padres –que sería lo más “natural”? ¿Acaso hay algún “modo”, alguna “circunstancia” no beneficiosa para los menores, algún riesgo en la Custodia Compartida que hay que procurar vigilar y evitar, que por el contrario no es posible con la custodia monoparental, exclusiva, materna…?
¿Tiene previsto el Ministerio que usted preside alguna fórmula para preservar el interés superior del menor, y su derecho a relacionarse con ambos padres y sus familias extensas, sin boicots, obstáculos tales como los que en la actualidad son habituales? Y, ya puestos en esta faena: ¿Qué tiene previsto hacer su Ministerio para evitar, para poner remedio al fenómeno cada vez más frecuente en las rupturas de pareja, denominado Alienación Parental, forma de maltrato cruel a la infancia que en la mayoría de los países civilizados está tipificado como ilícito penal, y por tanto duramente sancionado…? ¿Seguirá actuando su Ministerio al dictado del lobby feminista como se ha venido haciendo hasta ahora en éste y en otros asuntos?
Estimado Ministro, como le indicaba al principio de mi “carta abierta y pública”, quienes pretenden solucionar un problema, buscan soluciones y las aplican, no buscan pretextos… y su escrito huele más a lo segundo que a lo primero.
Poner soluciones, para empezar, implica “cambiar el chip”, comenzando por considerar que la enorme cantidad de divorcios que se producen anualmente en España (entre la cuarta y la quinta parte de los divorcios de la Unión Europea) no es un signo de “progreso”, o un motivo para sentirse orgullosos, sino todo lo contrario, es un signo de “fracaso social”, y especialmente preocupante (si a ello le unimos la cantidad de abortos que se provocan en España, y el escaso número de nacimientos que ya hace mucho que impiden el “relevo generacional”; todo ello no invita a pensar en un panorama a medio plazo nada halagüeño, nos acercamos a pasos agigantados al suicidio de la Nación Española)
En cualquier país sensato se suelen fomentar las relaciones duraderas, pues se consideran que son lo mejor para todos, tanto adultos como menores; y se toman iniciativas disuasorias, no se incita a la ruptura de pareja con leyes perversas como la denominada “ley de divorcio Express” mediante la cual se instauró el “repudio” en España, en el año 2005 (por supuesto, la mujer puede repudiar a su esposo, pero no viceversa…) En cualquier nación de nuestro entorno cultural, para poner remedio a tales desaguisados se promueven la Mediación y la Orientación Familiar “obligatorias”(si se ha convencido a muchas mujeres de que van a obtener sin apenas ningún esfuerzo, o de que lo tienen ganado anticipadamente todo el pack -hijos, vivienda y pensión- y eso parece en principio beneficioso para ellas, ¿Por qué van a intentar llegar a un acuerdo? ¿Por qué van a ir a una mediación, que se concibe como perjudicial a sus intereses, al “favor matris”?)
En los países civilizados solo se recurre en último extremo a los tribunales…
Por supuesto, en los países civilizados, sensatos, no se promueven leyes para “judicializar las relaciones de pareja” o fomentar las denuncias falsas por maltrato, tal como ocurre hoy día en España en que unas de las partes en litigio puede conseguir “ventajas procesales” por tal procedimiento, si no tiene total certeza de tener ganado anticipadamente cualquier pleito de divorcio, y por la custodia de los hijos “porque nosotras lo merecemos”….
“FAVOR MATRIS”, EL INTERÉS SUPERIOR DE LA MADRE:
El artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Reino España, dispone que “los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres, a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.”
En España, los legisladores y los jueces parecen haber entendido que, efectivamente, ese “contacto directo con ambos padres de modo regular” es siempre contrario al interés superior del niño. Sólo así se explica que hayan dado prioridad a un modelo de convivencia exclusiva con la madre, salpicada aquí y allá por algunas “visitas” consentidas al padre. Treinta y un años después de haberse aprobado la Ley de Divorcio (Ley 30/1981), el contacto directo del niño con ambos padres -es decir, la Custodia Compartida- sigue siendo la excepción en los casos de divorcio. Esta forma tan peculiar de gestionar el divorcio ha dado también lugar a un profundo divorcio social. Por un lado, los estudios científicos y la opinión pública coinciden en considerar que la custodia compartida es el régimen de convivencia familiar más idóneo para el desarrollo de los hijos. Por otro, los tres poderes del Estado, sordos ante el clamor popular y ciegos ante la evidencia científica, han sacrificado durante varios decenios el interés superior del niño al interés no tan superior de la madre.
Sería enormemente extenso mencionar la ristra de estudios realizados hasta la fecha sobre la eficacia, los enormes beneficios, de la Custodia Compartida, tanto para los menores que se supone que son la parte más vulnerable, y el bien a proteger, como para los adultos implicados, pero no puedo dejar de indicarle que usted y su equipo (así como la comisión legislativa que se encargue de debatir sobre la cuestión en fechas próximas en el Congreso de los Diputados) deberían de consultar los “Metanálisis de 33 estudios realizados entre 1982 y 1999, con una muestra global de 1.846 niños en régimen de custodia exclusiva y 814 niños en régimen de custodia compartida. Para incorporar a un resultado global los resultados heterogéneos de los distintos estudios se establece el concepto de adaptación (adjustment) en sus diversos tipos: comportamiento, adaptación emocional, autoestima, relaciones familiares, rendimiento académico, etc.
Según sus resultados, los niños en régimen de custodia compartida muestran mayores niveles de adaptación, con arreglo a múltiples tipos de medidas, que los niños en custodia exclusiva (básicamente materna). Es más, en ocho de los estudios incluidos en el metanálisis se compara la situación de los niños en régimen de custodia compartida con los niños en familias intactas: según sus resultados no se encuentran diferencias sustanciales de adaptación entre ambos grupos.
Bauserman, Robert (2002): Child Adjustment in Joint-Custody Versus Sole-Custody Arrangements: A Meta-Analytic Review (Journal of Family Psychology, 2002, Vol. 16, No. 1, 91–102)
También sería conveniente que le echaran un vistazo al “Examen de 20 estudios sobre la custodia compartida de los hijos”. Nielsen, Linda (2011): Shared Parenting After Divorce: A Review of Shared Residential Parenting Research (Journal of Divorce Remarriage, Volume 52, Issue 8, 2011, pp.586-609)
En este trabajo se incluyen únicamente los estudios que definen la custodia compartida como régimen de convivencia en el que los niños pasan, como mínimo, el 35% de su tiempo con cada uno de sus progenitores. En total se examinan 20 estudios llevados a cabo a lo largo de los últimos 30 años.
En cuanto a la relación de los hijos con su padre, el examen de esos 20 estudios permite a la autora sacar las cuatro conclusiones siguientes:
- Los hijos de padres divorciados obtienen un beneficio máximo cuando su padre participa activamente en sus vidas mediante múltiples actividades diarias que le permiten ejercer una función de autoridad en lugar de limitarse a una función de permisividad.
- Cuando los hijos viven sólo con la madre, la mayoría de los padres pasan muy poco tiempo de calidad y autoridad con los niños.
- Cuando los niños viven sólo con la madre, la relación de los hijos con su padre tiende a debilitarse o deteriorarse, y esa pérdida de la imagen paterna tiene efectos negativos a lo largo del desarrollo de los niños y en su vida adulta.
- La solidez y la calidad de la relación de los hijos con su padre depende de la cantidad de tiempo que padre e hijos pasen juntos en los años inmediatamente posteriores al divorcio.
Asimismo, el examen de los 20 estudios permite sacar otras cuatro conclusiones generales respecto del bienestar de los niños:
- La mayoría de los niños en régimen de custodia compartida tienen un nivel de bienestar tan bueno o mejor que el de los niños que viven sólo con su madre.
- La custodia compartida es beneficiosa para los hijos con independencia de que los padres sean o no excepcionalmente cooperadores, de que haya o no conflictos entre ellos o de que el interés por compartir la convivencia con sus hijos sea recíproco.
- Los jóvenes adultos que han vivido en régimen de custodia compartida dicen que esa solución fue la mejor para ellos, en contraste con los que vivieron sólo con sus madres tras el divorcio.
En la mayoría de los países industrializados, las leyes, la opinión pública y las decisiones de padres y madres son cada vez más favorables a la custodia compartida.
No puedo terminar, Señor Ministro, sin indicarle que la Guarda y Custodia Compartida reduce la conflictividad judicial de las familias, favorece la cooperación entre los progenitores (que por más que se diga por parte de quienes se oponen a ella, no es conditio sine qua non que “se lleven bien “ o que “ tengan buena relación “ )
Y una penúltima cuestión, y más en estos tiempos que nos han tocado vivir de profunda y perversacrisis económica: La Guarda y Custodia Compartida favorece la economía judicial y procesal de en la Administración de Justicia, propiciando además el principio de mínima intervención judicial en los casos de separación y divorcio…
Así pues Señor Ministro: ¡Ánimo y déjese de miedos, fobias, complejos,… y a hincarle el diente; pues como le decía anteriormente, el que pretende solucionar algo, busca soluciones, y una vez encontradas, las aplica… el que no, suele buscar pretextos!
Atentamente