viernes, 31 de diciembre de 2010

HUELGA DE HAMBRE DE UN PADRE POR VER A SU HIJO


Custodia compartida: "Lucho para que niños como mi hijo no vivan esta situación"

José Luis Lago lleva una semana en huelga de hambre en su lucha por lograr la custodia compartida de su hijo. El frío y las noches a la intemperie le han llevado al hospital de Basurto con pulmonía, pero continúa firme en su propósito y no parará hasta lograr su objetivo

bilbao. Al entrar a la habitación de José Luis Lago en el hospital de Basurto se pueden ver fotos de un niño de 9 años que sonríe junto a su padre. Debajo, una carta en la que se pueden leer los sentimientos de un padre que echa de menos a su hijo; un aita al que su lucha por la custodia compartida le ha llevado al hospital.

Lo primero de todo, ¿qué tal se encuentra?

Ya estoy mejor, ya puedo hablar, pero estos días anteriores he estado bastante mal. Espero ir recuperándome poco a poco.

Las noches a la intemperie le han pasado factura.

Ha dado la casualidad de que cuando he empezado la huelga de hambre en la Plaza Moyua, hemos tenido lluvia, granizo, heladas... El tiempo ha sido muy malo.

¿Continuará con la huelga de hambre al salir del hospital?

Sí, seguiré con la huelga de hambre hasta que se respeten los derechos de nuestros hijos.

¿Cuál fue la gota que colmó el vaso y le hizo ponerse en huelga de hambre?

Ese día nunca lo olvidaré. Fue el pasado 15 de diciembre, vi a mi hijo y él agachó la mirada. En ese momento supe que algo grave pasaba y decidí que había que hacer algo. En su mirada vi tristeza, nerviosismo y ansiedad.

¿Su hijo sabe que está luchando por la custodia compartida?

Mi hijo lo sabe. Él mismo, un día paseando, me decía: ¿por qué no pegamos papeles? Le expliqué que él no podía involucrarse en esto. Mientras esté conmigo, solo tiene que ser feliz.

¿Durante este tiempo ha recibido muchos apoyos?

La verdad es que está siendo increíble. En estos seis días que llevo de huelga de hambre hemos recogido 3.000 firmas. El 90% de ellas son de mujeres.

¿Y qué le dicen esas mujeres?

Me comentan que es admirable lo que estoy haciendo, que mi hijo tiene todo el derecho de estar con aita y ama. La verdad es que estoy muy agradecido del apoyo del colectivo femenino. Las mujeres, en su mayoría, también quieren una custodia compartida.

¿Han contactado con usted las instituciones?

Sí, han hablado conmigo de las Juntas Generales de Araba y el Ararteko. También me han llamado mostrando su apoyo asociaciones de abuelos, padres separados... Y no solo a nivel de Euskadi; he recibido llamadas de gente de Málaga, Sevilla e, incluso, de Austria.

¿Qué opinión tienen respecto a esta situación?

Ellos tampoco la entienden. No comprenden cómo el Estado está tan atrasado en esta materia. Se está vulnerando el derecho a la custodia compartida reconocido por la Naciones Unidas en 1959.

¿Qué es lo que más le duele de todo lo que le está ocurriendo?

El dolor que siento no es por mí, es por mi hijo, al que le están causando un daño psicológico irreversible.

Es por quien está luchando.

No solo por él. Mi batalla, mi lucha, es para que niños como mi hijo no sufran la situación que él está viviendo.

Pero no solo sufre él.

Estamos sufriendo todos: tíos, abuelos maternos... Están sufriendo mucho porque ellos tampoco pueden ver a mi hijo. El único contacto que tenían con él era cuando estaba conmigo. Ellos me están apoyando mucho.

¿Qué futuro le ve a la custodia compartida?

En menos de un año, la custodia compartida será una realidad en Bizkaia como ya lo es en otros lugares como Catalunya. Cada vez hay más separaciones y la sociedad lo está demandando.

Su deseo para el año nuevo está claro.

Que Olentzero y los Reyes Magos unan sus fuerzas para traer a los niños la custodia compartida.

jueves, 30 de diciembre de 2010

RUEDA DE PRENSA DE LA FEDERACION DE ESUKADI DE MADRES Y PADRES SEPARADOS,MIEMBRO DE CONPAPAYMAMA

La Federación de Padres Separados pide una ley para la custodia compartida
La Federación de Euskadi de Madres y Padres Separados (Kidetza) va a presentar al Gobierno y a los grupos parlamentarios una propuesta para impulsar una ley de ámbito autonómico que fije la custodia compartida de los hijos como modelo preferente en los casos de separación o divorcios.

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Su propuesta consiste en aprobar una ley autonómica que regule de forma integral el derecho de familia según lo establecido por el Estatuto de Gernika, reconozca la custodia compartida como fórmula principal e incluya los recursos necesarios para un ejercicio de la corresponsabilidad parental.

Kidetza explicó que la nueva ley debería garantizar el derecho de los hijos menores a relacionarse con ambos progenitores en igualdad de condiciones y favorecer el dialogo como método de resolución de conflictos.

Para la federación, una norma de este tipo tendría que impedir la utilización y manipulación de los menores en los procesos de divorcio, y evitar asociar como hasta ahora custodia con uso de la vivienda conyugal.

La entidad reclamó una "modificación urgente" de la ley del Divorcio, tras apuntar que la custodia compartida resulta "algo simbólico" en Euskadi, que solo se da en el 8,6% de los procesos de separación, ya que en el 86% de los casos la custodia recae en la madre, "conculcando el principio de igualdad".

La federación ha promovido en los Ayuntamientos de las tres capitales y en las Juntas Generales sendas mociones a favor de la custodia compartida como modelo preferente y por la reforma de la ley del Divorcio. El Parlamento tiene previsto aprobar en febrero entrante una resolución con un contenido similar.
Petición del Ararteko

De su lado, el ararteko, Iñigo Lamarka, ha solicitado que las instituciones vascas trabajen en la "abolición de barreras administrativas formales a familias homoparentales y a parejas o matrimonios del mismo sexo".

En una recomendación de la institución que encabeza, Lamarka ha pedido que las Administraciones públicas adapten "todas las instancias, impresos, formularios o cualquier otra documentación que afecte, para el acceso a prestaciones o servicios de toda índole, a parejas de hecho y matrimonios homosexuales, así como a familias homoparentales". Solicita así que se incorpore "una fórmula que dé plena cabida en condiciones de igualdad a la realidad" de dichas personas.

Lamarka recomienda a las instituciones que exijan esta misma práctica a cualquier entidad que gestione servicios o prestaciones de su competencia.

NUEVA DISPOSICION EUROPEA SOBRE DIVORCIO



La Eurocámara aprueba el divorcio a la carta para las parejas internacionales

15/12/2010 | Agencia EFE

Estrasburgo (Francia).- El Parlamento Europeo (PE) ha aprobado hoy el nuevo régimen de divorcios y separaciones a la carta para que las parejas internacionales formadas en la Unión Europea puedan elegir que ley debe regir en su divorcio.


Estrasburgo (Francia).- El Parlamento Europeo (PE) ha aprobado hoy el nuevo régimen de divorcios y separaciones a la carta para que las parejas internacionales formadas en la Unión Europea puedan elegir que ley debe regir en su divorcio.

Se trata de la primera iniciativa impulsada por catorce países (entre ellos España) por el mecanismo de cooperación reforzada, que permite a un grupo de Estados miembros avanzar en una legislación en la que sólo ellos están de acuerdo.

Los matrimonios mixtos podrán consensuar si en su divorcio se aplica la legislación en vigor del país en el que se casaron, la del en que residen, la del país de alguno de los dos, o bien la del lugar donde se ha interpuesto la demanda.

El nuevo reglamento permitirá a los cónyuges de parejas con pasaporte de distinto país elegir qué ley nacional se les aplica y, en caso de que no se pongan de acuerdo, qué normativa debe prevalecer (primando el lugar de residencia de los cónyuges en el momento de iniciarse el procedimiento).

La medida afecta a los catorce países que han aceptado incorporarla a su legislación (España, Francia, Bulgaria, Italia, Hungría, Luxemburgo, Austria, Rumanía, Eslovenia, Alemania, Bélgica, Letonia, Malta y Portugal).

El nuevo régimen solo afectará a los homosexuales cuando ambos cónyuges provengan de países en los que se reconoce el matrimonio homosexual, como Bélgica y Portugal.

El ponente del informe sobre el reglamento en el PE, el eurodiputado popular polaco Tadeusz Zwiefka, ha señalado que este reglamento "protegerá al cónyuge que se encuentre en una posición más débil", pues "evitará situaciones en la que uno de los cónyuges solicite el divorcio antes que el otro, de modo que el procedimiento quede sujeto a una ley más favorable a la protección de sus intereses".

Según los datos del PE, en la Unión Europea hay alrededor de 122 millones de matrimonios, de los cuales en torno a 16 millones (13%) se consideran "internacionales".

Por lo que respecta a los divorcios, en 2007 hubo más de un millón de estas extinciones matrimoniales en los Veintisiete, y de ellas, 140.000 (13%) tenían un componente "internacional".

Después de que tanto los Veintisiete como la Eurocámara ya hayan dado su visto bueno a la medida, ya solo queda el último trámite de aprobación formal antes de su publicación en el boletín oficial de la UE.



Las parejas internacionales de la ue podrán elegir con qué ley se divorcian

15/12/2010 | SERVIMEDIA


Los matrimonios entre ciudadanos de distintos países de la UE podrán decidir a qué legislación desean acogerse en caso de divorcio.
Así lo permite el nuevo reglamento que hace días acordaron los ministros de Justicia de la UE y que este miércoles aprobó la cámara de Bruselas.
Según esta norma, una pareja hispano-portuguesa que vive en Bélgica podrá elegir si su divorcio se rige por la ley española, portuguesa o belga, de acuerdo con una serie de criterios estipulados en el reglamento.
Este pretende proteger al cónyuge en posición más débil y, por ejemplo, evitar situaciones en las que uno de los miembros de la pareja solicita el divorcio antes que el otro para que el procedimiento quede sujeto a una ley más favorable a sus intereses.
No obstante, el texto actual establece que nada de lo dispuesto obligará a los tribunales de un Estado miembro participante a dictar sentencias de divorcio en supuestos que no contemple su legislación.
Ello es significativo para casos como el de Malta, que no reconoce el divorcio, o en aquellos países donde no existe el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Pensado para garantizar la seguridad jurídica en casos de separación, el reglamento también aclara qué ley será aplicable si los cónyuges no llegan a un acuerdo.
La nueva legislación fue acordada a través del llamado "procedimiento de cooperación reforzada" en el Consejo Europeo, y de momento son 14 los países involucrados en la iniciativa: Bélgica, Bulgaria, Alemania, España, Francia, Italia, Letonia, Luxemburgo, Hungría, Malta, Austria, Portugal, Rumanía y Eslovenia. El resto de Estados miembros pueden unirse en cualquier momento, y todos los que así lo decidan tendrán un año y medio para aplicar la nueva directiva a su legislación.

domingo, 19 de diciembre de 2010

EL VICEPRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO NORMA PREFERENTE

La protección de la infancia y la custodia compartida

19.12.10 - 01:26 -

lunes, 13 de diciembre de 2010

CUSTODIA COMPARTIDA COMO MODELO PREFERENTE-MARIA SANAHUJA

LEY CONTRA EL SAP BRASIL

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COMISIÓN PARA LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA FAMILIA


SUSTITUIR AL PROYECTO DE LEY N º 4053 DE 2008




Prevé la alienación parental.

Arte. 1 - Se considera un acto de alienación parental la injerencia en la formación psicológica del niño o adolescente, alentado o inducido por uno de los padres, abuelos o por quien tenga autoridad sobre la custodia o vigilancia del niño o adolescente, con el fin de al niño a renunciar al progenitor alienado o que cause un perjuicio al establecimiento o mantenimiento de los vínculos con este último.

Párrafo único. Más allá de los actos declarados como tales por el juez o por un experto, las siguientes son formas típicas de alienación parental, llevado a cabo directamente o con la ayuda de terceros:

I - realizar una campaña de descalificación sobre el comportamiento del progenitor alienado en el ejercicio de la paternidad;

II - obstaculizar el ejercicio de la patria potestad;

III - obstaculizar los contactos con el niño o adolescente con el progenitor alienado;

IV - obstaculizar el ejercicio del derecho regulado de visitas;

V - omitir deliberadamente información personal de interés para el progenitor alienado sobre el niño o adolescente, incluidos los datos educativos o médicos y cambios de dirección;

VI - hacer acusaciones falsas contra el progenitor alienado, en contra de los miembros de su familia o en contra de los abuelos, con el fin de obstaculizar o hacer su interacción con el niño o adolescente más difícil;

VII - cambiar la dirección a un lugar remoto, sin justificación, con el fin de dificultar la convivencia del niño o adolescente con el progenitor alienado, con su familia o abuelos.

Arte. 2 - La realización de un acto de alienación parental perjudica a los derechos fundamentales del niño o adolescente de una vida familiar sana, causa perjuicio a la creación del afecto en las relaciones con el progenitor alienado y el grupo familiar, las causas del abuso moral contra el niño o adolescente y en la violación de los derechos inherentes a la patria potestad, tutela o custodia.


Arte. 3 - Cuando haya pruebas de un acto de alienación parental y de ser declarada como tal, cuando lo soliciten o no, en cualquier momento durante el procedimiento o en el procedimiento incidental autónomo, la demanda será tratado como prioridad de urgencia y el juez determinará,
oído el fiscal, las medidas provisionales necesarias para preservar la integridad psicológica del niño o adolescente, incluso para garantizar su interacción con el progenitor alienado o para hacer efectiva su aproximación, según cada caso.

Párrafo único. En cualquier caso, se deberá garantizar al niño o adolescente y el progenitor alienado una garantía mínima del derecho de asistencia de acceso, a excepción de un uso abusivo por parte de los padres de su derecho, con riesgo inminente de causar perjuicio a la integridad física o integridad psicológica del niño o adolescente, confirmada por un experto en el tiempo designado por el juez para seguir las visitas.


Arte.
4 - Si hay pruebas de la práctica de un acto de alienación parental, el juez, si es necesario durante el procedimiento o excepcionalmente en el procedimiento autónomo, determinará un estudio psicológico o psicosocial.

§ 1 º - El informe del experto se basará en una extensa evaluación psicológica o psicosocial, según corresponda, incluyendo una entrevista personal con las partes, el examen de los documentos de la demanda, la historia de la relación de la pareja y la separación, la cronología de los hechos, la evaluación de la personalidad de los implicados y el examen de cómo el discurso del niño o adolescente está en relación con las posibles imputaciones finales contra el progenitor alienado.

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§ 2 º - El estudio será realizado por un profesional o un equipo multidisciplinario calificado, en cualquier caso, de capacidad demostrada a través de la experiencia profesional o académica para el diagnóstico de los actos de alienación parental.

§ 3 - Presentar el informe, el experto o el equipo multidisciplinario designado para evaluar la incidencia de la alienación parental se permitirá un retraso de 90 (noventa) días, renovables sólo por orden judicial basada en una justificación exhaustiva.

Arte. 5 – Ante la presencia de destacados actos típicos de alienación parental o cualquiera otra conducta que dificulte la convivencia con el niño o adolescente con el progenitor alienado, el juez podrá, durante el procedimiento o excepcionalmente en el procedimiento autónomo, juntos o por separado, sin perjuicio de las actuales responsabilidades civiles o penales, recurriendo en gran medida de instrumentos jurídicos adecuados para impedir o mitigar sus efectos, de acuerdo con la gravedad del caso:

I - Que se declare la existencia de alienación parental y advertir al progenitor alienador;

II - ampliar el sistema de derecho de acceso a favor del progenitor alienado;

III - especificar una multa al progenitor alienador;

IV - ordenar una intervención psicológica de seguimiento;

V - ordenar el cambio de custodia a la custodia compartida o revertirla

VI - Que se declare la suspensión de la patria potestad.

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Párrafo único. Cuando un cambio de domicilio se pueda concluir que sea abusivo, realizado para impedir u obstaculizar la convivencia familiar, el tribunal también puede revertir la obligación de llevar al niño o adolescente o llevarlo de regreso de la residencia del progenitor alienador, durante los períodos de alternancia de convivencia familiar.

Arte. 6 – En la cesión o cambio de custodia se dará preferencia a los padres que hacen posible la convivencia efectiva del niño o adolescente con el otro progenitor, en situaciones en que la custodia compartida no es viable.

Párrafo único. Si se determina la custodia compartida, a cada padre se le asignará, siempre que sea posible, la obligación de llevar al niño y adolescente a la residencia del otro padre o en un lugar definido en el momento de la alternando periodos de convivencia familiar.

Arte. 7 - El cambio de domicilio del niño o adolescente es irrelevante para la determinación de las competencias referentes a las acciones basadas en el derecho de convivencia familiar, salvo que sea el resultado de un consenso parental o una decisión judicial.


Arte. 8 - Sección II del Capítulo I del Título VII del Estatuto del Niño y del Adolescente, aprobado por la Ley N º 8069 del 13 de julio de 1990, en vigor con la siguiente adición:

"Art.236 .............................................. .................................................. .................................................. .................................................. .........

Párrafo único. Si el hecho no constituye un delito más grave, la misma pena se aplicará a quien haga una declaración falsa al agente mencionado en la denuncia o a la autoridad policial cuyo contenido estuviese encaminado a una restricción a la convivencia del niño o adolescente con el progenitor alienado ".


Arte. 9 - Sección II del Capítulo I del Título VII del Estatuto del Niño y del Adolescente, aprobado por la Ley N º 8069 del 13 de julio de 1990, en vigor con la siguiente adición:

"El arte. 236-A. Para prevenir o impedir ilegalmente el contacto o la convivencia del niño o adolescente con el progenitor alienado.

Pena: prisión de seis meses a dos años, si el hecho no constituya un delito más grave. "


Arte. 10 - Esta ley entrará en vigor tras su publicación.

LA CONFEDERACION ANTE LA PROPUESTA DEL GOBIERNO DE QUITAR LA CUSTODIA EN CASOS DE DENUNCIAS DE MALTRATO

CONFEDERACION ESTATAL DE ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE MADRES Y PADRES SEPARADOS

Paseo Zarategui 100

.Edificio Txara 1

20015-Donostia

Tfno/fax:943292496

606731752

Ante la propuesta de la Ministra de Sanidad e Igualdad de retirar la Custodia de Menores a aquellos hombres que esten acusados o condenados por violencia de género la Confederación de Asociaciones de Madres y Padres separados manifiesta:

1º-ES UNA PROPUESTA QUE CONCULCA EL PRINCIPIO DE PRESUNCION DE INOCENCIA..

No se puede retirar o no adjudicar la custodia a un hombre por haber sido denunciado por violencia de género.

Debemos recordar a la Ministra,que según los datos del C.General del Poder Judicial,del total de las denuncias de violencia de género presentadas,el 61% de los denunciados han sido absueltos o sus casos sobreseidos.

2º-ES UNA MEDIDA DISCRIMINATORIA QUE VA A DEJAR HUERFANOS A MUCHOS MENORES

Del 39% de condenas hay un número muy importante de hombres condenados por violencia de género por hechos leves como son insultos,discusiones,amenazas,pero que según la ley son delito de violencia de género cuando los comete un hombre,pero cuando los comete una mujer no pasan de ser una mera falta sin apenas trascendencia.

Cuando por un hecho de esta índole cometido por un hombre quieren proteger al menor apartando de su vida a su padre,quitandole la custodia,lo que estamos realmente haciendo es dejar huerfano a un niño/niña,amen de ser una medida discriminatoria en función del género.

3º-ES UNA MEDIDA INNECESARIA Y DEMAGOGICA QUE IGNORA EL MALTRATO PSICOLOGICO QUE SUFREN LOS MENORES

La Confederación presentó y defendió un informe en la Subcomisión de Igualdad del Congreso en el que se decia que hay 50000 menores insertos anualmente en situaciones de divorcios contenciosos y de ellos 20.000 sufrian en modo más o menos severo el Síndrome de Alienación Parental o Interferencia Parental con el objeto de hacer desaparecer al otro progenitor de la vida del/la menor.Es decir una situacion de maltrato psicológico continuado al menor.Este maltrato al menor puede ser realizado por ambos progenitores,pero es mucho más frecuentemente y facil de realizar por el progenitor custodio,en el 86% de los caso mujer por razones de tiempos y posibilidades de manipular al/la menor.Y los datos así lo viene confirmando.

La solución,en aquellos casos que todavia se puede intervenir,es retirar la custodia al progenitor alienador y,en su momento,que reanude las visitas con sus hi@s en un PEF,bajo la supervision y seguimiento del juzgado.Y en este sentido vienen actuando con una frecuencia cada vez mayor los/las jueces.

Consecuentemente si lo más importante es el interés del menor reconozcamos y demos solución a este problema,como lo estan haciendo otros paises,últimamente Brasil que ha legislado contra el SAP.

4º-TOLERANCIA CERO HACIA LOS HOMBRES Y MUJERES QUE MALTRATAN A SUS HIJ@S

Una vez definido el concepto y la tipologia de maltrato al menor( y debemos reseñar que el SAP lo sufren 20.000 menores al año),en interes de éstos,deberemos ser intransigentes con el progenitor que maltrate,sea hombre o mujer,retirandole la custodia,adjudicándosela al otro progenitor o en su caso a terceras personas o asumiendo esta función las Instituciones.Las medidas penales ya viene recogidas en el código penal,de donde no vemos motivos para aumentarlas.Paralelamente se tomaran las medidas terapeúticas y de intervención familiar adecuadas para facilitar unos mínimos de relación de los menores con sus progenitores cuando sea posible y posibilitar una progresiva normalización,en su caso de las relaciones familiares.

5º-ES UNA MEDIDA ELECTORALISTA

Hace unos días el PP presentaba una una propuesta similar en el Congreso de los Diputados y el Gobierno no se podia quedar atrás,por meros intereses electorales .Este es un tema muy sensible,que debemos alejar de del mundo mediático y de los intereses electorales

MADRID A 26 DE NOVIEMBRE DEL 2010-11-26

DIVORCIADOS Y SIN EMBARGO PADRES


Nadie dijo que fuera fácil, pero Guadalupe y Javier son buen ejemplo de que la custodia compartida, apoyada recientemente por el Parlamento Vasco y el Ayuntamiento de Bilbao, es la mejor opción




Javier Gómez del Campo Ingeniero de caminos y padre de una niña

Bilbao
Hace ya cuatro años que salió del domicilio familiar por el bien de sus hijas y no se arrepiente. "Al principio nadie entendía por qué era yo la que había renunciado a quedarme con la casa y con las crías. A todos les extrañó muchísimo. Incluso mi familia me dijo que por qué había cedido". Pero a Guadalupe Úcar, que acordó con su expareja ejercer la guarda y custodia compartida de las niñas, el tiempo le ha dado la razón. "Al ver lo bien que están, la gente empieza a cambiar de opinión. Yo he visto un beneficio claro en ellas y por eso estoy en esta lucha", afirma.

Convertida en un "referente", solo su hija de doce años tiene algo que objetar al buen entendimiento entre sus padres. "Una vez estábamos discutiendo y, como preadolescente que es, me dijo: Qué mala suerte he tenido. Podíais haberos divorciado como el resto, que se llevan fatal, y así cuando tú me castigas, papá no se enteraría. Me entró la risa. Le dije: Vaya mala suerte, hija. Podías tener un padre divorciado que sólo te viera cada quince días y te dijera: ¿Qué quieres, una Nintendo, una Wii, una Play Station, un viaje a Eurodisney? Pues en tu familia estas cosas no pasan".

Aunque su hija aún no alcance a entenderlo, Guadalupe batalla para que la custodia compartida se establezca como modelo preferente tras una separación o divorcio por entender que puede ser la figura más adecuada para los intereses del menor. Una propuesta que en las últimas semanas ha recibido el respaldo del Parlamento Vasco y el Ayuntamiento de Bilbao. "Ahora si hay acuerdo, puedes conseguir la custodia compartida, pero si no hay acuerdo, se queda la mujer con los hijos y se acabó. Hay que promoverla. Muchas administraciones lo están reclamando y la ley cambiará, como ha cambiado en Francia o en Italia", confía Javier Gómez del Campo, otro padre que ejerce de tal.

Guadalupe Úcar > dos hijas

"Tienes que ceder y priorizar el bien de tus hijos al personal"

Conviven con su madre en una casa de día y cenan y duermen en otra con su padre. Los fines de semana se alternan. Esta es la rutina de las hijas de Guadalupe, una asesora publicitaria que ahora recoge los frutos de su sacrificio. "Tienes que ceder y priorizar el bien de tus hijos al personal. Al principio fue duro porque tuve que salir de casa y buscar dónde vivir, pero luego encontré un sitio agradable y las niñas se adaptaron desde el primer día. Dijeron: Donde esté mi madre feliz, nosotras también lo estamos. El problema está más en la cabeza de los adultos que en la de los niños".

Lo mismo que comparten todos los gastos de sus hijas a partes iguales, también las decisiones. "Cuando tengo un problema, no sufro por ser una madre que está todo el día con las niñas y solo tiene un padre visitador. Lo hablamos y llegamos a un acuerdo tanto de castigos, como de recompensas", señala. Poder contar con el apoyo de su exmarido cuando ella está fuera por motivos de trabajo también es un alivio. "Sé que están con la mejor persona que pueden estar. No creo que haya nadie en este mundo que quiera más a mis hijas que su padre. Eso me proporciona tranquilidad como mujer y como madre y me ha permitido buscar un trabajo, salir adelante como cualquier persona que tiene 40 años", admite.

Para el hombre, dice, la guardia y custodia también resulta ventajosa. "Si a un padre que quiere seguir siéndolo no le dejamos ejercer, estamos negando algo que los niños necesitan y los padres también. Vamos a ser coherentes. Si éramos buenos padres casados, ¿por qué no lo vamos a poder seguir siendo divorciados? Si pedimos igualdad, vamos a ser iguales en la educación y crianza de los hijos también", reivindica esta vecina de Lizarra.

Consciente de que hay mujeres que, con la complicidad de la actual ley, se aferran a sus hijos, Guadalupe les lanza una advertencia. "La custodia monoparental es un bombón envenenado para una mujer porque te limita profesionalmente. Si cuentas con ayuda familiar, estupendo, pero ¿y si no? ¿Tienes que reducir tu jornada laboral a cuatro horas?". Además, les avisa, el paso del tiempo puede jugar en su contra. "Llegarás a los 52 años, tus hijos se irán a la Universidad, tu ex ya no te pasará la pensión, no has podido trabajar más que cuatro horitas y la casa en la que has vivido siempre hay que liquidarla. Con 52 o 55 años te encuentras en la calle. No te dé rabia cuando veas que tu ex ha rehecho su vida y se ha buscado otra mujer y tiene otra casa. Deja que tus hijos convivan con los dos, que los dos seáis responsables y los saquéis adelante", les aconseja.

Llegar a acuerdos en plena hostilidad es complicado y Guadalupe no quiere llamar a engaño. "Que no se equivoque nadie, que esto no es Los mundos de Yupi. Discutir con alguien del que te estás divorciando no es fácil, pero pensar que la custodia compartida sólo se puede dar cuando los padres se llevan bien es una estupidez. Cuando se llevan bien no hace falta ninguna ley. A mí no me hizo falta", zanja.

Javier Gómez del Campo > una hija

"Cuando regaño a mi hija, dice: "Me voy a casa de mi madre""

Su hija tenía diez meses cuando Javier Gómez del Campo se separó. "Eran aquellos años en los que la custodia se daba automáticamente a la madre, a no ser que fuera una delincuente o una drogadicta. No, no es el caso, decía yo. Mi exmujer es una buena madre, una buena mujer y nada, no había forma", recuerda. Pero no se dio por vencido. "Al de año y pico leo en internet que en otros países hay custodia compartida y digo: Esto es lo mejor para nuestra hija". Desde entonces, no paró de luchar hasta que lo consiguió. "Al final entramos en un proceso de mediación y decidimos que estuviera una semana con cada uno. Dejó de haber una pensión de alimentos y los gastos comunes de colegio, medicinas o extraescolares los pagamos a medias", explica.

Ahora que su hija tiene ya nueve años, Javier está recuperando el tiempo perdido. "Todos estos últimos años de lo que hacía o dejaba de hacer la niña, de actividades extraescolares o de médicos, yo me enteraba de la mitad. Ahora nos juntamos y hablamos: ¿Qué te parece si va a clase de yoga o de piano?", pone como ejemplo este madrileño de 43 años afincado en Donostia.

Ingeniero de profesión, Javier también ha tenido ocasión de darse cuenta en este tiempo de lo complicado que resulta conciliar la vida familiar y laboral. "Es una locura, tienes que ir corriendo a todos los sitios", dice, pero sarna con gusto no pica. "Pasas de ser un proveedor de dinero y padre de fines de semana y vacaciones a una convivencia diaria, donde conoces sus problemas de que ha discutido con una amiga, está nerviosa o enferma. El otro día llegué a casa y estuvimos haciendo juegos de magia. La forma de vida es completamente distinta. Es ejercer de padre, lo que estos años no he hecho", lamenta.

Convencido de que convivir con ambos progenitores es lo mejor para su hija -"es una niña feliz y el año pasado le felicitaron las profesoras porque había hecho un curso muy bueno"-, Javier reconoce que a veces la niña se aprovecha de la situación. "Cuando la regaño, me dice: Pues me voy a casa de mi madre. Te busca esas tretas".

Partidario de que la ley promueva que los padres lleguen a acuerdos con una mediación, argumenta por qué es más efectivo. "Si tú decides algo con tu exmujer te haces responsable de eso. Cuando te lo pone un juez te rebelas y no estás de acuerdo. Estar pagando un dinero y no saber en qué se usa no hace mucha gracia. Es otra mentalidad que te obliga a llegar a acuerdos".